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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Jueves, 19 de mayo de 2022 Pág. 29821

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Moaña

ANUNCIO de aprobación inicial de la modificación puntual número 1 del Plan general de ordenación municipal.

El Pleno de la corporación municipal del ayuntamiento de Moaña, en sesión plenaria que tuvo lugar el día 31 de marzo de 2022, acordó aprobar inicialmente la modificación puntual número 1 del Plan general de ordenación municipal de Moaña que trae causa de la ejecución de la Sentencia número 535/2013, de 27 de junio de 2013, recaída en el P.O. 4022/2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por la que se anula parcialmente la aprobación definitiva del PGOM de Moaña.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.6 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en el artículo 191 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.

El expediente estará expuesto al público por el plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia y mediante anuncio en uno de los periódicos de mayor difusión en la provincia.

Las personas interesadas podrán examinar los documentos sometidos la información pública, durante el plazo establecido, en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Moaña (Indicador 6.1 PLANEAMENTO URBANÍSTICO) y en el tablón de anuncios, a los que se accede a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Moaña (https://concellodemoana.sedelectronica.gal/), a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en la letra e) del artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y presentar alegaciones o reclamaciones que estimen oportunas.

El expediente comporta la suspensión, durante un plazo máximo de dos años, del procedimiento de otorgamiento de licencias en el ámbito afectado por la modificación puntual, que puedan resultar incompatibles con las determinaciones del mismo en los términos previstos en el artículo 47.2 LSG-artículo 86.2 RLSG, y que se define en el documento de síntesis de la modificación del redactor y en el plano de ordenación 36029_ MP01PGOM_202112_AI_ PORD_03 ORD02 incluidos en el expediente.

Moaña, 27 de abril de 2022

Leticia Santos Paz
Alcaldesa