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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Miércoles, 8 de junio de 2022 Pág. 33537

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 25 de mayo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para el pago de la comisión de apertura destinadas a las personas beneficiarias de los préstamos para el adelanto de las ayudas directas de la política agrícola común, así como las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control de la campaña 2022 (código de procedimiento MR242A).

BDNS (Identif.): 631345.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que cumplan todos los requisitos que se indican a continuación:

a) Las personas agricultoras y ganaderas solicitantes de las ayudas correspondientes a la política agrícola común (PAC) que presenten o hubiesen presentado su solicitud conforme a lo previsto en la Orden de 21 de enero de 2022 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control.

b) Que suscriban o hayan suscrito un préstamo personal del anticipo de la PAC 2022 con alguna de las entidades financieras que se relacionan en el anexo IV, firmantes del convenio entre la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la Consellería del Medio Rural, y diversas entidades financieras para formalizar préstamos preferentes para el anticipo de las ayudas directas, así como las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control correspondientes al PAC, relativas a la Orden de 21 de enero de 2022 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto convocar y establecer las bases para la concesión de ayudas de minimis para el pago de la comisión inicial de apertura por la concesión de los préstamos para el adelanto de las ayudas directas de la PAC de la campaña 2022, así como las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control, destinadas a las personas beneficiarias de los préstamos

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 25 de mayo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para el pago de la comisión de apertura destinadas a las personas beneficiarias de los préstamos para el adelanto de las ayudas directas de la política agrícola común, así como las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control de la campaña 2022 (código de procedimiento MR242A).

Cuarto. Cuantía y financiación

1. La cuantía de la ayuda será del 2 % del importe del préstamo concertado entre la persona solicitante de la PAC y las entidades financieras para el adelanto de hasta el 100 % de los importes de las ayudas directas, así como de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control. Esta cuantía se calculará tomando como referencia el importe pagado a cada persona solicitante en la campaña anterior.

En el caso de aquellos préstamos ya asignados previamente a la firma del convenio, la ayuda cubrirá todos los gastos financieros desde la firma del préstamo hasta el 15 de septiembre. Esta ayuda estará limitada a un máximo del 2 % del importe del préstamo.

2. Estas ayudas las financiará la Consellería del Medio Rural con cargo a la aplicación presupuestaria 14.80.713F.470.1, habilitada al efecto en la anualidad 2022, con una dotación máxima de 3.400.000 euros, que se agotará en el ejercicio presupuestario 2022.

Quinto. Solicitud y plazo

Las entidades colaboradoras deberán comunicar, antes del 15 de septiembre de 2022, la acreditación de la formalización del préstamo del adelanto de la PAC 2022, según el modelo que figura en el anexo I de la orden, junto con la documentación complementaria indicada en el artículo 6.

La comunicación del apartado anterior la efectuarán las entidades colaboradoras exclusivamente a través de medios electrónicos. Para la comunicación se empleará el formulario normalizado cuyo modelo se incluye como anexo I de la orden, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, accediendo al procedimiento MR242A.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2022

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural