Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Jueves, 30 de junio de 2022 Pág. 37279

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

EXTRACTO de la Orden de 9 de junio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras y traductoras en las actividades que se celebren en el sector del libro, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CT221A).

BDNS (Identif.): 635885.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas y entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta orden las personas físicas, sean autónomas o no, escritoras, ilustradoras y traductoras que acrediten esta condición y realicen su trabajo en el sector del libro en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, que cumplan, además, todos los siguientes requisitos debidamente acreditados:

a) Haberse inscrito, asistido y participado en una actividad subvencionable realizada en el sector del libro y fuera de Galicia, en el plazo establecido en la presente convocatoria.

b) Que acrediten la realización de su trabajo en el sector del libro en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega.

c) Haber publicado obra en Galicia como persona escritora, ilustradora o traductora, para la que se solicita la subvención, en los tres años anteriores a la publicación de la presente orden.

2. No pueden beneficiarse de las ayudas recogidas en esta orden aquellos solicitantes que se encuentren en los supuestos previstos en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras que establecen el procedimiento de concesión de subvenciones a personas físicas escritoras, ilustradoras y traductoras que realicen su actividad en el sector del libro y en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega facilitando su participación en actividades de dicho sector que se celebren en el año 2022 (código de procedimiento CT221A).

Serán objeto de subvención los gastos de viaje referidos al alojamiento y transporte, que permitan la asistencia fuera de Galicia a las siguientes actividades realizadas en el sector del libro: ferias, festivales, seminarios, encuentros, talleres y estancias creativas.

2. Asimismo, tiene por objeto convocar dicha subvención para el año 2022.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 9 de junio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras y traductoras en las actividades que se celebren en el sector del libro, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CT221A).

Cuarto. Importe

1. Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 10.40.432A.770.01 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, por un importe de 30.000 €.

2. La financiación de los gastos del viaje es el referido al alojamiento y transporte y tendrán el siguiente importe por ámbito geográfico de destino, siempre que se justifique:

– España, excepto la Comunidad Autónoma gallega: 400 €.

– Resto de la Unión Europea: 700 €.

– Fuera de la Unión Europea: 1.500 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 31 de octubre de 2022 (inclusive).

Santiago de Compostela, 9 de junio de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades