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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Lunes, 8 de agosto de 2022 Pág. 42917

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 140/2022, de 21 de julio, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Gondomar de varios tramos antiguos de las carreteras PO-331, PO-332 y PO-340, junto con la franja de dominio público vial asociado.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de las mismas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en su artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Gondomar solicita a la Xunta de Galicia la transferencia de titularidad de los tramos antiguos de las carreteras de titularidad autonómica PO-331, PO-332, PO-340 y PO-344.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, indica que solamente hay tramos antiguos susceptibles de transferir en las carreteras PO-331, PO-332 y PO-340, no así en la carretera PO-344.

En relación con la carretera PO-331, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia identifica erróneamente como tronco de la carretera PO-331 lo que es un tramo antiguo de esta carretera (pp.kk. 18+360 a 19+150), el cual discurre en travesía por el núcleo de Gondomar, y que surgió del tramo de nuevo trazado construido por la obra de ensanchamiento y mejora de la carretera PO-340, tramo Gondomar-Couso, de clave N/PO/89.2-M1. Este tramo de nuevo trazado construido es la variante al núcleo de Gondomar por el noroeste, y conecta la carretera PO-331 en su p.k. 18+360 ME con la carretera PO-340 en su p.k. 17+940 MD, constituyendo el tronco de la carretera PO-331 a partir de su p.k. 18+360, por lo que así debe contemplarse en el Catálogo de la Raega, suprimiendo dicho tramo antiguo de esta carretera que discurre por el núcleo de Gondomar e incluyendo esta transferencia al Ayuntamiento de Gondomar.

Los tramos antiguos de las carreteras autonómicas PO-331, PO-332 y PO-340 carecen de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras de Galicia, por lo que reúnen las condiciones necesarias para que su titularidad sea transferida al Ayuntamiento de Gondomar. Así pues, se formula propuesta favorable a la transferencia de titularidad, por razones de una gestión administrativa coherente y eficiente con la realidad de los márgenes de estas carreteras, de los tramos que se definen en el artículo 1, junto con la franja de dominio público vial asociado.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de julio de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Gondomar de los siguientes tramos antiguos, junto con su dominio público vial asociado:

Denominación

P.k.i de conexión

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

P.k.f de conexión

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

Long. aprox. (m)

Tramo antiguo de la PO-331

12+320 MD

X=522.959

Y=4.666.888

12+460 MD

X=522.849

Y=4.666.804

146

Tramo antiguo de la PO-331

14+520 ME

X= 522.206

Y=4.665.019

14+580 ME

X=522.137

Y=4.664.978

118

Tramo antiguo de la PO-331

14+700 ME

X=522.051

Y=4.664.888

14+760 ME

X=522.014

Y=4.664.849

95

Tramo antiguo de la PO-331

15+890 MD

X=521.390

Y=4.664.011

15+960 MD

X=521.319

Y=4.664.009

71

Tramo antiguo de la PO-331

17+560 ME

X=520.363

Y=4.663.165

17+650 ME

X=520.313

Y=4.663.091

132

Tramo antiguo de la PO-331

17+760 ME

X=520.250

Y=4.663.002

17+820 ME

X=520.200

Y=4.662.957

150

Tramo antiguo de la PO-331

18+110 ME

X=520.024

Y=4.662.748

18+200 ME

X=519.957

Y=4.662.681

112

Tramo antiguo de la PO-331

(travesía de Gondomar)

18+360 ME

de la PO-331

X=519.834

Y=4.662.595

16+810 MD

de la PO-340

X=519.796

Y=4.661.850

795

Tramo antiguo de la PO-332

5+780 MD

X=519.213

Y=4.663.663

5+890 MD

X=519.324

Y=4.663.674

156

Tramo antiguo de la PO-332

6+140 ME

X=519.537

Y=4.663.598

6+200 ME

X=519.599

Y=4.663.573

117

Tramo antiguo de la PO-332

7+100 ME

X=520.175

Y=4.663.873

7+150 ME

X=520.233

Y=4.663.893

81

Tramo antiguo de la PO-332

7+940 MD

X=520.945

Y=4.664.009

8+010 MD

X=520.951

Y=4.664.079

87

Tramo antiguo de la PO-332. (zona de Pego Negro)

8+290 MD

de la PO-332

X=521.169

Y=4.664.163

15+980 MD

de la PO-331

X=521.310

Y=4.664.006

254

Tramo antiguo de la PO-340. (área de descanso)

9+460 MD

X=522.417

Y=4.658.561

9+720 MD

X=522.179

Y=4.658.606

304

Tramo antiguo de la PO-340

18+790 MD

de la PO-331

X=519.736

Y=4.662.188

17+420 MD

de la PO-340

X=519.479

Y=4.662.200

261

Artículo 2

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de recoger correctamente el trazado final y la denominación de la carretera PO-331:

Clave

Denominación

Tramo

P.k.i

P.k.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-331

Torneiros (PO-511)-Gondomar oeste (PO-340)

Torneiros (PO-511)- Gondomar oeste (PO-340)

0+800

18+980

18,18

18,18

Complementaria

Carretera convencional

Pontevedra

El documento del catálogo y sus modificaciones posteriores podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/tema/c/CIV_Infraestruturas_Estradas

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Gondomar, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de las vías, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudiere corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de julio de dos mil veintidós

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad