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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Jueves, 18 de agosto de 2022 Pág. 44293

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 8 de agosto de 2022 por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MT819A).

El día 13 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MT819A).

En su artículo 1 se dispone que la orden tiene por objeto regular las bases del régimen de ayudas dirigidas a restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad en las zonas Natura 2000, los sistemas agrarios de alto valor natural, así como mejorar el estado de los paisajes agrarios gallegos dentro de los espacios protegidos o en sus áreas de influencia socioeconómica por medio de proyectos que contribuyan a la mejora del paisaje rural tradicional y de sus elementos representativos y para el mantenimiento de las condiciones ambientales necesarias dirigidas a la conservación o recuperación de especies relacionadas con el medio agrario y sus hábitats. Se incluirán ayudas destinadas a inversiones no productivas necesarias para conseguir objetivos ambientales, es decir, inversiones que no den lugar a un aumento significativo del valor o de la rentabilidad de las explotaciones agrícolas o que contribuyan a la mejora del carácter de utilidad pública de las zonas Red Natura 2000 pertenecientes a los parques naturales.

Asimismo, se convocan las ayudas correspondientes al ejercicio presupuestario del año 2022 en régimen de concurrencia competitiva (procedimiento MT819A).

La orden establece en su artículo 8 un plazo de presentación de solicitudes de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, comenzando dicho plazo el día 14 de enero de 2022 y finalizando el día 14 febrero de 2022.

El artículo 22.7 establece que la notificación del final de las acciones (total o parcial) y la solicitud de pago de las ayudas deberán justificarse con fecha límite de 1 de septiembre de 2022 para la anualidad del año 2022 y de 31 de marzo de 2023 para la anualidad del año 2023. Al mismo tiempo, la orden recoge que estos plazos serán, en todo caso, improrrogables.

El 22 de julio de 2022 se publicó el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de los daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022, en el que se establece la posibilidad de otorgar ayudas a los titulares de infraestructuras de uso público del medio natural dentro de la Red gallega de espacios protegidos y reservas de la biosfera afectados por los incendios forestales, teniendo la concesión de estas ayudas carácter subsidiario respecto de cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, de que puedan ser beneficiarios los afectados.

En esta situación de emergencia resultó de vital importancia la publicación de la Orden de 28 de julio de 2022 mediante la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas previstas por el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022, destinadas a titulares de infraestructuras de uso público del medio natural dentro de la Red gallega de espacios protegidos y reservas de la biosfera afectados por los incendios forestales en el ámbito de la competencia de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (código de procedimiento MT100B).

En el mismo sentido, el alto número de proyectos presentados dificulta el cumplimiento de los plazos establecidos en la resolución para la ejecución y justificación de los gastos relativos a estas ayudas, teniendo en cuenta que muchas de estas solicitudes se concentran en ámbitos territoriales pequeños donde la mano de obra especializada para atender a la realización de las obras es escasa. Están siendo atendidos muchos solicitantes que consultan sobre la posibilidad de ampliación del plazo de justificación debido a la dificultad de encontrar personal técnico para hacer las obras a lo largo del mes de agosto y primera quincena de septiembre.

A todo esto hay que sumar la coyuntura económica y situación de crisis que conduce a la necesidad de garantizar y mejorar la eficiencia en la gestión de estas ayudas con el fin de movilizar la mayor inversión posible. Este cúmulo de situaciones provoca la necesidad de establecer un nuevo plazo de ejecución y justificación de las ayudas.

El elevado número de solicitudes presentadas, la necesidad de efectuar un gran número de requerimientos para completar la documentación presentada con la solicitud o subsanación de errores, así como la obligación de efectuar una inspección sobre el terreno para comprobar la realidad y viabilidad de lo solicitado, previa a la propuesta de resolución de concesión de las ayudas, generaron una demora en la resolución de la convocatoria que dificulta el cumplimiento por parte de las personas beneficiarias de los plazos establecidos en la orden para la ejecución y justificación de las ayudas.

Esta situación provoca la necesidad de establecer nuevos plazos de ejecución y justificación de estas.

En virtud de lo expuesto, y en el uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 21.7 de la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, en los siguientes términos:

1. Se modifica el artículo 21.7 que queda redactado como sigue: «La notificación del final de las acciones (total o parcial) y la solicitud de pago de las ayudas deberán justificarse con fecha límite de 30 de septiembre de 2022 para la anualidad del año 2022 y de 31 de marzo de 2023 para la anualidad del año 2023. Estos plazos serán en todo caso improrrogables. A estos efectos, se considera gasto realizado lo que fue efectivamente abonado con anterioridad a la finalización del período de justificación».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia

Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda