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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Jueves, 29 de septiembre de 2022 Pág. 51723

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 12 de septiembre de 2022 por la que se modifica la autorización del centro privado plurilingüe Las Acacias-Montecastelo, de Vigo (Pontevedra).

La representación de la titularidad del centro privado (CPR) plurilingüe Las Acacias-Montecastelo, de Vigo, solicita la modificación de la autorización para impartir los cursos de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información, Ciberseguridad en contornos de las tecnologías de operación y Digitalización del mantenimiento industrial.

Previa tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del centro para impartir los cursos de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información, Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación y Digitalización del mantenimiento industrial, en el centro que se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR) plurilingüe.

Denominación específica: Las Acacias-Montecastelo.

Código: 36025037.

Domicilio: Doctor Paz Pardo, 84.

Localidad: Vigo.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra.

Titular: Fomento de Centros de Enseñanza, S.A.

Composición resultante:

Educación infantil: 9 unidades.

Educación primaria: 18 unidades.

Educación secundaria obligatoria: 12 unidades.

Bachillerato: 8 unidades de las modalidades de Ciencias, y de Humanidades y Ciencias Sociales.

Formación profesional:

a) Modalidad presencial, régimen ordinario.

• CM Sistemas microinformáticos y redes (2 unidades, 30 puestos escolares cada una).

• CM Instalaciones eléctricas y automáticas (2 unidades, 30 puestos escolares cada una).

• CS Automatización y robótica industrial (2 unidades, 30 puestos escolares cada una).

• CS Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (2 unidades, 30 puestos escolares cada una).

• CS Desarrollo de aplicaciones web (2 unidades, 30 puestos escolares cada una).

• Curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información (1 unidad para 20 puestos escolares).

• Curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de operación (1 unidad para 20 puestos escolares).

• Curso de especialización en Digitalización del mantenimiento industrial (1 unidad para 20 puestos escolares).

b) Modalidad semipresencial y/o a distancia, régimen para personas adultas:

• CM Sistemas microinformáticos y redes.

• CM Instalaciones eléctricas y automáticas.

• CS Automatización y robótica industrial.

• CS Desarrollo de aplicaciones multiplataforma.

• CS Desarrollo de aplicaciones web.

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de Pontevedra, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de profesorado que impartirá docencia en dichos ciclos, así como el equipamiento.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Revisión de la autorización

El centro queda obligado a cumplir la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando deba modificarse cualquiera de los datos que indica la presente orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional
y Universidades