Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Miércoles, 9 de noviembre de 2022 Pág. 58527

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 18 de octubre de 2022, del Servicio de Movilidad de Ourense, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente OU-00618-O-2022 y seis más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de la Xefatura Territorial de Ourense acordó la incoación del expediente sancionador OU-00618-O-2022 y seis más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Son informadas de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Ourense.

Se les otorga un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

Ourense, 18 de octubre de 2022

Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF denunciado

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

OU-00618-O-2022

PO-5162-BP

44476604D

La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos.

5.4.2022; 19.25; N-525; 187,0

Artículo 140.34 de la LOTT

Artículo 197.39 del ROTT

Artículo 143.1.g) de la LOTT

1.001 euros

OU-00855-O-2022

0702-CHL

10806743D

La realización de transporte privado careciendo de autorización.

11.5.2022; 18.00; A-52; 202,0

Artículo 141.14 de la LOTT

Artículo 198.18 del ROTT

Artículo 201.1.e) del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

601 euros

OU-01140-O-2022

0769-LKG

35601130M

Transportar mercancías peligrosas careciendo de los paneles naranja o de cualquier otra señalización exigible relativa a las mercancías contenidas, así como llevarlos ilegibles.

8.6.2022; 12.45; A-52; 202,0

Artículo 197.16.5 del ROTT

Artículo 140.15.5 de la LOTT

Artículo 201.i) del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

4.001 euros

OU-01143-O-2022

0769-LKG

35601130M

Exceso de peso superior al 5 %.

8.6.2022; 12.15; A-52; 202,0

Artículo 142.2 de la LOTT

Artículo 143.1.c) de la LOTT

301 euros

OU-01145-O-2022

0769-LKG

35601130M

Transportar mercancías peligrosas careciendo de los extintores o cualesquiera otros medios de extinción de incendios que resulten obligatorios en función del vehículo o de la carga transportada, o disponer de unos cuya correcta utilización no esté garantizada.

8.6.2022; 13.15; A-52; 202,0

Artículo 141.5.3 de la LOTT

Artículo 198.6.3 del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201.f) del ROTT

801 euros

OU-01147-O-2022

0769-LKG

35601130M

Transportar mercancías peligrosas a granel utilizando un vehículo, contenedor o cualquier otro recipiente o depósito cuyo uso no esté permitido o que sea distinto a los prescritos en las normas que regulen el transporte de las mercancías de que se trate.

8.6.2022; 12.58; A-52; 202,0

Artículo 197.16.7 del ROTT

Artículo 140.15.7 de la LOTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201.i) del ROTT

4.001 euros

OU-01148-O-2022

0769-LKG

35601130M

Transportar mercancías peligrosas no llevando a bordo del vehículo una carta de porte (o cualquier otra documentación exigible) que cubra todas las mercancías transportadas, llevarla sin consignar cuáles son estas o llevarla ilegible.

8.6.2022; 12.30; A-52; 202,0

Artículo 140.15.8 de la LOTT

Artículo 197.16.8 del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201.i) del ROTT

4.001 euros