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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Jueves, 24 de noviembre de 2022 Pág. 61052

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ANUNCIO de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por el que se somete a participación pública la memoria inicial del Plan de gestión del paisaje protegido Os Penedos de Pasarela e Traba, en los ayuntamientos de Vimianzo y Laxe (A Coruña).

Os Penedos de Pasarela e Traba se declararon paisaje protegido mediante el Decreto 294/2008, de 11 de diciembre.

Este espacio, constituido por un conjunto de elevaciones graníticas, está situado en el noroeste de la Comunidad Autónoma de Galicia, en plena Costa da Morte, entre los ayuntamientos de Vimianzo y Laxe (provincia de A Coruña). Al norte se sitúa el territorio de Laxe, con una superficie próxima a 103 hectáreas y al sur el de Vimianzo, con una superficie aproximada de 109 hectáreas, lo que suma una superficie total de 212 hectáreas aproximadamente.

El artículo 27 de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia, establece que los paisajes protegidos son espacios que, por sus valores naturales, estéticos y culturales y de acuerdo con el Convenio del paisaje del Consejo de Europa, son merecedores de una protección especial.

Según indica el artículo 59 de la misma ley, los paisajes protegidos contarán con un instrumento de planificación propio denominado plan de gestión, en el que se establecerá el régimen de usos y actividades permisibles, así como las limitaciones que se consideren necesarias para la conservación de los hábitats y especies.

El artículo 61 de la ley establece que la tramitación del plan de gestión le corresponde a la consellería competente en materia de conservación del patrimonio natural, y su aprobación se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41.

La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, establece, en su título III, el derecho a que el público pueda expresar observaciones y opiniones cuando están abiertas todas las posibilidades, antes de que se adopten decisiones sobre un plan, programa o disposición de carácter general en relación con asuntos de carácter medioambiental.

Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se realizará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente, en la que se recogerá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma

d) Las posibles soluciones alternativas reglamentarias y no reglamentarias.

En relación con los problemas que pretende solucionar, el plan de gestión, tras un diagnóstico de la situación actual del paisaje protegido, determina las presiones y amenazas que está sufriendo el espacio. El plan busca la reducción de estas presiones y amenazas a través del desarrollo de actividades humanas compatibles con el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los elementos considerados como claves para la declaración como espacio protegido.

La elaboración del plan de gestión de este espacio protegido es una obligación recogida en la Ley 5/2019, de 2 de agosto, y sus objetivos son aquellos establecidos en el artículo 6 del Decreto 294/2008, de 11 de diciembre, por el que se declara paisaje protegido Os Penedos de Pasarela e Traba.

Visto lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, y 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

ACUERDO:

Primero. Abrir un período de participación pública de la memoria inicial del Plan de gestión de este espacio protegido durante el plazo de un (1) mes, contado dicho período desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Durante el citado plazo se podrá consultar el Plan en el siguiente enlace del portal de transparencia de la Xunta de Galicia:

https://transparencia.xunta.gal/tema/informacion-de-relevancia-xuridica/consulta-publica-previa?langId=es_ES

Así como en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, entrando en la subsección de documentos en información pública del portal de conservación de la naturaleza:

https://cmatv.xunta.gal/seccion-tema/c/CMAOT_Conservacion?content=Direccion_Xeral_Conservacion_Natureza/Participacion_publica/seccion.html&std=Participacion_publica.html

Tercero. Las personas interesadas pueden también enviar sus alegaciones:

Preferentemente, mediante correo electrónico a la siguiente dirección: planificacion.conservacion@xunta.gal, poniendo en el asunto Plan de gestión del paisaje protegido Os Penedos de Pasarela e Traba.

Alternativamente, mediante la presentación de escrito dirigido a la Dirección General de Patrimonio Natural de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 2022

Belén María do Campo Piñeiro
Directora general de Patrimonio Natural