Se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2001, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación.
Solicitante/promotor: Green Capital Power, S.L. (CIF B85945475).
Domicilio a efectos de notificaciones: calle As Hedras, nº 6, bj.-I, 15895 O Milladoiro, Ames (A Coruña).
Denominación del proyecto: parque eólico Abrente (expediente IN408A 2018/025).
Municipios afectados: Vilasantar, Sobrado y Curtis (A Coruña).
Potencia máxima del parque: 27,6 MW.
Número de aerogeneradores que se van a instalar: 5 ud.×5,7 MW de potencia nominal unitaria.
Producción neta estimada: 87.066 MWh/año.
Presupuesto total (ejecución material): 22.797.154,77 €.
Plazo de ejecución: doce (12) meses.
Localización (área de afección):
Parque eólico Abrente |
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A.D.E. |
ADE I-9-2 Monte da Corda |
Vértice poligonal |
Parque eólico Abrente |
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UTM ETRS 89 huso 29 |
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UTM-X |
UTM-Y |
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1 |
578.874,99 |
4.769.285,89 |
2 |
577.375,01 |
4.765.285,85 |
3 |
571.874,89 |
4.770.285,85 |
4 |
575.374,89 |
4.773.785,89 |
Aerogenerador |
Parque eólico Abrente |
|
UTM ETRS 89 huso 29 |
||
UTM-X |
UTM-Y |
|
ABR01 |
574.613 |
4.770.115 |
ABR02 |
574.170 |
4.770.322 |
ABR03 |
574.158 |
4.770.760 |
ABR04 |
573.527 |
4.770.748 |
ABR05 |
574.350 |
4.771.791 |
Torre meteorológica |
Parque eólico Abrente |
|
UTM ETRS 89 huso 29 |
||
UTM-X |
UTM-Y |
|
Centro |
574.904 |
4.769.874 |
Subestación |
Parque eólico Abrente |
|
UTM ETRS 89 huso 29 |
||
UTM-X |
UTM-Y |
|
P1 |
575.391 |
4.769.381 |
P2 |
575.419 |
4.769.430 |
P3 |
575.466 |
4.769.403 |
P4 |
575.427 |
4.769.335 |
Características técnicas de las instalaciones:
• Cinco (5) aerogeneradores modelo N163 HH164 5.7MW o similar de 5,7MW de potencia unitaria. Los aerogeneradores son de velocidad y paso variable, tienen una altura de buje de 164 m y un diámetro de rotor de 163 m. El sistema de regulación de potencia se configurará para limitar la potencia activa máxima del parque a 27,60 MW de forma permanente, de acuerdo con la potencia admisible en el punto de conexión.
• Cinco (5) centros de transformación tipo seco de relación de transformación 0,69/30 kV, con sus correspondientes celdas de sección, protección y maniobra.
• Red eléctrica subterránea de 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación transformadora del parque de 30/132 kV compuesto por conductores tipo RHZ1-2OL 18/30 kV de secciones 95 mm², 240 mm², 630 mm² de aluminio.
• Red de tierras:
– La puesta a tierra de los aerogeneradores consistirá en anillo interior, exterior de cable de Cu de 50 mm², y electrodo perimetral situado a 1 m de distancia de la arista exterior de la cimentación, consistente en cable de Cu de 50 mm² enterrado a 1 m. A este anillo del electrodo se conectará el armado de la cimentación al menos en 4 puntos utilizando varillas de acero inoxidable, todas las uniones se realizarán con soldadura aluminotérmica. Los dos anillos y el electrodo irán interconectados con conductores radiales de igual sección.
– Red de tierras general, con la finalidad de alcanzar una superficie equipotencial en todo el parque, se unirán entre sí y a la red de tierras de la SET Abrente las instalaciones de puesta a tierra de los aerogeneradores mediante cable de acompañamiento de Cu de 50 mm² enterrados en la misma zanja que los cables de la red subterránea y se conectará a las pletinas de puesta a tierra de los aerogeneradores y de las celdas de la subestación.
– La puesta a tierra de la torre meteorológica se realizará con cable de Cu desnudo de 50 mm², tendido en la misma zanja que la red subterránea.
– Para realizar la red de tierras de la SET, se enterrará una malla básica de electrodos de Cu desnudo de 95 mm² a profundidad 0,8 m de la plataforma. Todas las conexiones de malla a cruces y derivaciones serán realizadas mediante grapas y terminales.
• Red de comunicaciones constituida por conductor de fibra óptica.
• Una torre meteorológica de 164 m.
• La subestación de 30/132 kV se divide en: sistema de 132 kV, sistema de 30 kV, sistema de control, comunicaciones y protección, sistema de puesta a tierra, servicios propios de la subestación.
– La configuración del sistema de 132 kV es la siguiente:
Posición línea/transformador: tres autoválvulas en la entrada de la línea de AT de 132 kV, tres transformadores de tensión de 132 kV, un seccionador tripolar con puesta a tierra de 132 kV, un interruptor trifásico automático de 132 kV con mando unipolar, tres transformadores de intensidad de 132 kV, tres autoválvulas para protección del transformador de potencia 132 kV, un transformador de potencia de 25/30 MVA y relación de transformación 132/30 kV (ONAN/ONAF) con grupo de conexión Ynd11.
– La configuración del sistema de 30 kV es simple barra con los conjuntos de celdas siguientes:
- Barras transformador: una celda de protección del transformador de potencia, una celda de transformador de servicios auxiliares, tres celdas de seccionamiento con puesta a tierra, una celda de protección de batería de condensadores, medida de tensión en barras.
- PE Abrente: dos celdas de protección de línea (circuitos colectores procedentes del parque eólico), una celda de seccionamiento con puesta a tierra, medida de tensión en barras.
La subestación Abrente dispondrá de un edificio de control, con salas independientes para distintos usos. Se contemplan las salas de oficina, vestuario, aseo, comedor, sala de celdas, sala de protección y control, sala de Scada y sala para almacén y taller.
• La evacuación de la energía generada en el PE Abrente se realizará a través de la LAT 132 kV Abrente-Gasalla (expediente IN408A 2020/136, en tramitación) hasta la SET del parque eólico Gasalla (expediente IN408A 2017/026, en tramitación), desde esta SET a través de la LAT 132 kV Gasalla-Mesón do Vento (expediente IN408A 2020/124, en tramitación) hasta la SET colectora Mesón do Vento 132/220 kV (expediente IN 408A 2020/145, en tramitación), en esta subestación se elevará la tensión a 220 kV para evacuar conjuntamente, a través de una línea aérea de 220 kV con los demás parques del clúster, hasta el punto de conexión a red en SET Mesón do Vento 220 kV, propiedad de REE.
Objeto de la información pública:
La solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico, PIA) de las instalaciones.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución del PE Abrente (noviembre 2022, visado el 14.11.2022).
1.1. Plano general del proyecto del parque eólico.
2. El estudio de impacto ambiental (EIA) del PE Abrente (septiembre 2022. Rev-06, firmado el 21.9.2022).
3. El proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico, PIA) PE Abrente (enero 2021, visado el 4.3.2021).
Por lo expuesto, el proyecto se hace público para el conocimiento general, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la sección de Energía de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Vicepresidencia Primera e Consellería de Economía, Industria e Innovación (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, teléfonos 981 18 49 83 y 981 18 49 23), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, así como en las casas consistoriales de Vilasantar, Sobrado y Curtis (A Coruña). Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
A Coruña, 22 de noviembre de 2022
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña