En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Antecedentes:
• El 14.12.2021, Hépotas, S.L. presenta solicitud de autorización administrativa de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para la modificación sustancial del proyecto denominado parque eólico Hépotas II (expediente IN408A/2020/156) al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero) y por el artículo 39 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOG núm. 251, de 31 de diciembre).
• El 6.9.2022 la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales notifica al promotor el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 29.2 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.
• La Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, para continuar con el procedimiento, procede a solicitar el informe recogido en el artículo 33.7 de la Ley 8/2009 al órgano competente en materia del territorio el 8.9.2022.
• En respuesta a la citada solicitud de informe, el 13.10.2022 la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emite informe de referencia del artículo 33.7 de la Ley 8/2009 donde indica que los aerogeneradores cumplen las distancias de 500 m a núcleos de población.
• El 19.10.2022, el promotor presentó el justificante de pago de la tramitación del proyecto sectorial.
• El 24.10.2022 y de acuerdo con el artículo 33.9 de la Ley 8/2009, esta jefatura territorial recepciona el expediente remitido por la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales el 21.10.2022, para continuar con su tramitación.
Las instalaciones incluidas en el proyecto se describen a continuación:
Solicitante/promotor: Hépotas, S.L., NIF B15836158.
Domicilio social: calle Bolivia, núm. 4, bajo, 15004 A Coruña.
Denominación del proyecto de ejecución modificado: parque eólico Hépotas II.
Situación: ayuntamiento de Muras.
Áreas de desarrollo eólico (ADE): Muras II.
Potencia instalada: 7 MW.
Número de aerogeneradores que se van a instalar: 2.
Producción neta anual estimada: 27,9 GWh/año.
Presupuesto total (ejecución material): 5.567.829,28 €.
Las instalaciones se situan dentro de la poligonal definida por las siguientes coordenadas:
Vértice |
Datum ETRS89 (huso 29) |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
V1 |
606.400,00 |
4.816.730,00 |
V2 |
607.370,00 |
4.817.320,00 |
V3 |
607.370,00 |
4.814.990,00 |
V4 |
606.400,00 |
4.814.990,00 |
Coordenadas del emplazamiento de los aerogeneradores:
Aerogenerador |
Datum ETRS89 (huso 29) |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
HII-1 |
607.114,00 |
4.816.751,00 |
HII-2 |
607.165,00 |
4.815.781,00 |
Características técnicas principales de las instalaciones:
• 2 aerogeneradores Vestas V136 de 3500 kW, lo que supone una potencia total instalada de 7 MW.
• El acceso al emplazamiento se realizará a partir de la infraestructura viaria existente en la zona, reduciéndose al mínimo imprescindible la apertura de nuevos viales. Junto a cada posición se construirán las plataformas y áreas de provisión necesarias para el montaje mecánico de los aerogeneradores.
• Cada generador se conectará individualmente a su centro de transformación situado en el interior de la propia torre. Dichos centros de transformación estarán, asimismo, conectados entre sí y con el centro de seccionamiento de 20 kV, a través del que el parque se conectará con la subestación 20/132 kV Hépotas (autorizada, exp.111-EOL), mediante una línea aérea de 20 kV, de un 7 km, que será objeto de proyecto independiente.
• A través de la subestación Hépotas 20/132 kV, se evacuará la energía producida conjuntamente con el parque eólico Hépotas mediante una línea de 132 kV que conectará la mencionada subestación Hépotas 20/132 kV con la red de distribución.
Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.
Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.d) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Objeto de la información pública:
• Proyecto de ejecución modificado (declaración responsable y firma de junio de 2022).
• Estudio de impacto ambiental (EIA) (firmado el 16.6.2022).
• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) (declaración responsable y firma de junio de 2022).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, y demás normas anteriormente citadas, para el conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos o intereses, puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la sección de Energía de esta Jefatura Territorial de Lugo de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 29 46 47), así como en el Ayuntamiento de Muras (Lugo). Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:
https://economia.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/hepotas2
Lugo, 25 de noviembre de 2022
Gustavo J. Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo