Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Jueves, 29 de diciembre de 2022 Pág. 66565

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 20 de diciembre de 2022 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de grado y máster universitario en las universidades de A Coruña y Santiago de Compostela para el curso 2022/23.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional será acordada por la Comunidad Autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Después de ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedan obligadas a adoptar las garantías precisas para que no se demore su impartición más allá de un curso académico. El incumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización de implantación, la no impartición de la titulación oficial autorizada, la extinción del plan de estudios o la supresión de la enseñanza son causas suficientes para proceder a la revocación de la autorización.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades, en su sesión de 13 de diciembre de 2022, en el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.h) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Que se revoque la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Dirección, Gestión e Innovación de Instituciones Escolares. Autorizado por la Orden de 19 de junio de 2020 (DOG de 1 de julio), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4317349.

2. Máster universitario en Eficiencia y Aprovechamiento Energético. Autorizado por la Orden de 28 de junio de 2016 (DOG de 13 de julio), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4315731.

Artículo 2

Que se revoque la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Grado en Enfermería. Autorizado por el Decreto 385/2009, de 27 de agosto (DOG de 16 de septiembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 2501105.

2. Máster universitario en Ingeniería Ambiental. Autorizado por el Decreto 51/2006, de 23 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310357.

3. Máster universitario en Ingeniería de Procesado de Alimentos. Autorizado por la Orden de 5 de agosto de 2019 (DOG de 14 de agosto), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4316983.

4. Máster universitario en Erasmus Mundus Encrucijadas en las Narrativas Culturales. Autorizado por la Orden de 5 de agosto de 2019 (DOG de 14 de agosto), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4316867.

5. Máster universitario en Estudios Avanzados sobre el Lenguaje, la Comunicación y sus Patologías. Título conjunto de la Universidad de A Coruña, la Universidad de Salamanca, la Universidad de Santiago de Compostela y la Universidad de Zaragoza. Autorizado por la Orden de 1 de febrero de 2013 (DOG de 12 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313558.

6. Máster universitario en Fiscalidad Internacional y Comunitaria. Autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (DOG de 15 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311763.

Artículo 3. Garantías académicas

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades