Expediente: IN407A 2022/395-4.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: LMTS en la calle Telleira.
Ayuntamiento: Nigrán.
Hechos:
Primero. El 5 de octubre de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica LMTS en la calle Telleira.
Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en el soterramiento de la línea aérea GON805 Monteferro 5 entre los apoyos 9SA47E40//D39-3 y 9SH1VTF3//D39-7. Para esto la empresa proyecta las siguientes actuaciones en la calle Telleira, en el municipio de Nigrán:
Desmontaje del tramo de línea media tensión aérea entre los apoyos 9SA47E40//D39-3 y 9SH1VTF3//D39-7.
Sustitución del apoyo 9SH1VTF3//D39-7 por uno de celosía metálica de tipo C-3000/14.
Instalación de un total de 86 metros de línea de media tensión aérea entre el apoyo proyectado y el apoyo existente 9SIVIGST//D39-8.
Instalación de un total de 939 metros de línea de media tensión subterránea entre los centros de transformación Telleiras (36C458) y Pardellas (36CPF2).
Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Nigrán, Augas de Galicia, la Agencia Gallega de Infraestructuras, la Diputación Provincial de Pontevedra y el Servicio del Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado técnico emitido por el Servicio del Patrimonio Cultural.
Los demás no emitieron condicionado técnico, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.
Consideraciones legales y técnicas.
Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).
Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresarias en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).
Tercero. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:
Línea de media tensión aérea (LMTA), a 20 kV, con conductor LA-56, de 86 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado y final en el apoyo existente 9SIVIGST//D39-8 en la LMTA GON805. Línea de media tensión subterránea (LMTS), a 20 kV, con conductor tipo RHZ1, de 939 metros de longitud, con origen en la celda de línea proyectada en el centro de transformación Telleiras (36C458) y final en la celda de línea reserva en el centro de transformación Pardellas (36CPF2).
La instalación está situada en la calle Telleira, en el municipio de Nigrán (Pontevedra).
Conforme con todo lo indicado,
RESUELVO:
Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada LMTS en la calle Telleira (expediente IN407A 2022/395-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.
Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Pontevedra, 28 de diciembre de 2022
Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra