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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 30 de enero de 2023 Pág. 10159

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2023 por la que se hace público el importe del canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos domésticos que deberá aplicar la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) para el año 2023, así como la bonificación aplicable para dicho año.

Antecedentes:

Primero. Mediante la Resolución de 19 de enero de 2022, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, emitida al amparo del apartado dos de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, y publicada en el Diario Oficial de Galicia número 19, de 28 de enero de 2022, se hizo público el importe del canon unitario a percibir por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) por la gestión de residuos domésticos o urbanos para el año 2022, que se fija en la suma de 66,00 euros por tonelada más IVA de residuos gestionada.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el apartado tres bis de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, se estableció para el año 2022 una bonificación del canon por importe del 10 % del canon del año anterior, resultando una cantidad de 59,40 euros más IVA como canon bonificado a aplicar a aquellas entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Tercero. Que la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, ha establecido una modificación de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, concretamente en el apartado tres bis de su disposición adicional vigesimoprimera, que regula la bonificación del canon, estableciendo que el importe de la misma puede llegar al 15 % de la cantidad que en concepto de canon esté vigente en el año inmediatamente anterior.

Cuarto. De acuerdo con los resultados económicos obtenidos por la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (Sogama), para el año 2023 es posible mantener la cuantía del canon unitario de tratamiento aplicado en el año 2022. Igualmente, es posible aplicar para el año 2023 una bonificación del canon de un 15 % para aquellas entidades locales que hayan justificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la modificación del apartado tres bis de la disposición adicional 21 de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014.

Fundamentos jurídicos:

I. El Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, el Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y el Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, configuran a este departamento como el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma con competencias y funciones en materia, entre otras, de medioambiente, y adscribe a la Dirección General de Calidad Ambiental, Sustentabilidad y Cambio Climático, bien directamente o bien a través de sus unidades subordinadas, funciones y competencias en materia de evaluación y control de la incidencia que sobre el medio ambiente provoque la actividad humana y el fomento de sistemas y estrategias de corrección de dicha incidencia, incluyendo diversas atribuciones en materia de residuos.

II. La disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, señala que el sistema promovido por la Administración autonómica para la gestión institucional de los residuos domésticos, gestionado por la Sociedade Galega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) al amparo de la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia, constituye un modo de gestión colectiva de los residuos municipales cuya finalidad de interés general es la de conseguir, en cooperación con las entidades locales adheridas al sistema, el mejor resultado medioambiental global en el tratamiento de los residuos domésticos, buscando la máxima eficiencia en el uso de los recursos públicos.

El apartado dos de dicha disposición fijó el canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos que deberá percibir la citada entidad y señala que este se actualizaría anualmente en el mes de enero conforme al índice de precios al consumo, publicándose su cuantía en el Diario Oficial de Galicia.

La citada disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, establece como una de sus finalidades el alcanzar un coste homogéneo y el más reducido posible para todas las entidades locales adheridas al sistema, por lo que, quedando garantizada la sostenibilidad financiera del sistema, es posible establecer para el año 2023, y de forma excepcional, el mantenimiento del canon unitario de residuos aplicado en el año 2022.

Igualmente, la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, ha introducido en su artículo 11 una modificación de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, mediante la cual se introduce un apartado tres bis en la disposición adicional vigesimoprimera, modificado nuevamente a su vez por la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, regulando la posibilidad de establecer una bonificación en la cuantía del canon unitario de tratamiento por tonelada en un porcentaje que no excederá del 15 % de la cantidad que en concepto de canon esté vigente en el año inmediatamente anterior.

Dándose las circunstancias establecidas en ese apartado tres bis de la mencionada disposición adicional vigesimoprimera, al concurrir en la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (Sogama) circunstancias económicas de cumplimiento de los objetivos presupuestarios y las previsiones del plan de viabilidad, es posible aplicar durante el año 2023 la bonificación del canon unitario aplicable sobre el vigente en el año 2022.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Hacer público el importe del canon unitario por tratamiento de residuos domésticos aplicable durante el año 2023, en el marco del sistema promovido por la Xunta de Galicia para la gestión institucional de los residuos de competencia municipal y gestionado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A. (Sogama), que se fija en la suma de 66,00 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido.

Establecer y hacer público durante el año 2023 de una bonificación del canon unitario, por importe del 15 % del canon unitario establecido para el año 2022, resultando así un canon bonificado para el año 2023 de 56,10 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido. Dicho canon bonificado será de aplicación a aquellas entidades locales que hayan cumplido en el año 2022 las condiciones específicas establecidas en ese apartado tres bis de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, y cumplan igualmente en el año 2023 las nuevas condiciones establecidas en la misma según la modificación operada por la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, debiendo solicitar a Sogama la nueva bonificación para el año 2023 antes del 1 de marzo de 2023.

Para aquellas entidades que no hayan solicitado la aplicación del canon bonificado en el año 2022, o bien, habiéndolo solicitado, no hubiesen cumplido los requisitos establecidos en la ley para su mantenimiento, podrán solicitar su aplicación para el año 2023 hasta el 1 de marzo de 2023, que será efectiva siempre que cumplan las condiciones específicas establecidas en el apartado tres bis de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, según la modificación operada por la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Santiago de Compostela, 27 de enero de 2023

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda