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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 8 de marzo de 2023 Pág. 16813

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2023 por la que se modifica la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la creación y puesta en marcha de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento IN853A).

La Resolución de 31 de diciembre de 2019, de la Agencia Gallega de Innovación (DOG núm. 35, de 20 de febrero de 2020), estableció las bases reguladoras de las ayudas para la creación y puesta en marcha de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y procedió a su convocatoria para el año 2020.

La citada resolución contiene indicaciones sobre el plazo máximo en que las entidades beneficiarias deben presentar los documentos acreditativos del pago de aquellos gastos cuyos pagos se deben efectuar en un momento posterior, por ajustarse a los calendarios de recaudación. Este sería el caso de los ingresos a cuenta del IRPF o de las cuotas de seguros sociales, liquidables con posterioridad a la fecha de justificación. Es preciso modificar esta resolución para establecer de manera coherente el plazo máximo en que las entidades beneficiarias de estas ayudas deben presentar la justificación de estos gastos en relación con los plazos establecidos en los calendarios de recaudación.

Consecuentemente con todo lo anterior, la directora de la Agencia Gallega de Innovación, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,

DISPONE:

La modificación de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se establece la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para la creación y puesta en marcha de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN853A).

Artículo único

Se modifica la letra h) del artículo 26.4, que queda redactada en los siguientes términos:

«h) Para la justificación de coste de personal, deberá presentarse:

1. Certificación de los costes de personal emitida por el responsable de recursos humanos con el visto bueno del responsable del organismo de investigación/empresa, consistente en una relación detallada por meses del personal dedicado las actividades de la unidad mixta, que deberá incluir los siguientes datos: DNI, nombre, apellidos, puesto en la entidad, retribución bruta y líquida mensual, fecha de pago de las retribuciones, importe de la Seguridad Social con cargo al organismo de investigación/empresa, fecha de pago de la Seguridad Social y coste total imputado (retribuciones y Seguridad Social) según la dedicación de cada trabajador a las actividades de la unidad mixta.

2. Justificación de la comunicación por escrito al trabajador de que parte de su salario está siendo cofinanciado con fondos Feder.

3. Declaración firmada por el responsable de recursos humanos del organismo de investigación/empresa con los importes mensuales de retenciones del IRPF de los trabajadores dedicados a las actividades de la unidad mixta, acompañada de los modelos 111 y de sus correspondientes justificantes bancarios. En los documentos correspondientes a cuotas liquidables con posterioridad a la fecha de justificación, las entidades quedarán obligadas a presentar los documentos acreditativos de su liquidación antes de finalizar el mes siguiente a aquel en que al beneficiario le corresponda liquidar esos gastos.

4. Copia de las nóminas del personal dedicado a las actividades de la unidad mixta y copia de los justificantes bancarios de su pago. En los justificantes de pago de las nóminas deberán venir detallados sus receptores, así como las cantidades percibidas por cada uno de ellos. Cuando la documentación justificativa de este gasto conste de un justificante bancario de la remesa total mensual, deberá aportarse la lista de la orden de transferencia en que se detallen los distintos trabajadores incluidos.

5. Boletines de cotización a la Seguridad Social y copia de sus justificantes de pago. En los documentos correspondientes a cuotas liquidables con posterioridad a la fecha de justificación, el importe podrá ser justificado en la anualidad siguiente, excepto para el año 2023, en el que las entidades quedarán obligadas a presentar los documentos acreditativos de su liquidación antes de finalizar el mes siguiente a aquel en que al beneficiario le corresponda liquidar esos gastos.

6. Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social para cada uno de los trabajadores.

7. En el caso de personal de nueva contratación, deberá presentarse copia del contrato de trabajo en que pueda verificarse la contratación para el desarrollo de actividades de la unidad mixta de investigación. En el contrato se hará mención expresa a la cofinanciación Feder en el marco del eje 1 del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (objetivo específico 1.2.3), al nombre de la unidad mixta de investigación y a la presente convocatoria.

8. Declaración responsable de la no participación del personal de la unidad mixta, financiado con cargo a las ayudas de la presente convocatoria, en otras actividades/proyectos financiados con ayudas procedentes de cualquier Administración pública o, en caso contrario, declaración responsable de no superar, conjuntamente con la dedicación a la unidad mixta, el porcentaje del 100 %, utilizando el modelo que aparece como anexo VII la esta resolución y que está disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia http://sede.xunta.gal y en la página web de la Agencia Gallega de Innovación http://gain.xunta.gal».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de febrero de 2023

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación