Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 27 de marzo de 2023 Pág. 20463

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2023 por la que se convoca un curso para el personal veterinario colegiado en los colegios oficiales de veterinarios.

De acuerdo con el Protocolo de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2023

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos del personal participante

1. Podrá participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución el personal empleado público veterinario colegiado y el resto del personal veterinario colegiado. Tendrá preferencia el personal veterinario colegiado en el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo que se encuentre en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y, para cada uno de los casos, en el anexo II.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 3 de abril de 2023.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cumplimentados correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contardesde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral), de acuerdo con los criterios de selección, deben cubrir en su área de matrícula todos los campos marcando la casilla de verificación de que están en alguna de estas situaciones específicas y remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas. En caso contrario, solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 54 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal> en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).

Cuarta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para tramitar el procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se haya opuesto a ello. En este caso, la persona interesada deberá indicarlo incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y aportar, además, una copia de los documentos a cuya consulta se opone a través de la siguiente dirección electrónica: xestion.egap@xunta.gal

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y adjuntarán los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica: <xestion.egap@ xunta.gal>.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

1. Una vez recibidas las solicitudes correctamente, se asignarán las plazas en el curso solicitado por orden de inscripción hasta agotar el total de plazas. Tendrán prioridad los veterinarios colegiados en el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo y se reservará el 50 % de las plazas del curso al personal empleado público.

2. En caso de que no haya un número suficiente de solicitantes que cumplan los requisitos del curso, podrá completarse el número de participantes asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> la relación de las personas admitidas, en reserva y excluidas para participar en cada curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Después de transcurrir el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y seguimiento de las actividades

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia.

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días al inicio de la actividad formativa. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. Seguimiento de las actividades presenciales y telepresenciales:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales o telepresenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales o telepresenciales pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá cumplir con el porcentaje de asistencia indicada en el punto 3.1, apartado c), y superar la prueba de evaluación que se realizará al final de la misma.

Novena. Certificados

Para conseguir el certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP y del Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo

1. La EGAP y el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as en alguna actividad sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV23048.

Funciones del personal veterinario de explotación en ganaderías de vacuno.

Área de formación: Consellería del Medio Rural.

1. Objetivos.

Funciones del personal veterinario de explotación en ganaderías de vacuno. El objetivo es la formación de los veterinarios para llevar a cabo en todos sus ámbitos la labor del veterinario responsable de las ganaderías de vacuno.

Entre las funciones del personal veterinario de explotación están el plan sanitario, el bienestar animal, la gestión ambiental y lucha ganadera contra el cambio climático.

2. Destinatarios/as.

El personal empleado público veterinario y el resto de personal veterinario colegiado.

Tendrá preferencia el personal veterinario colegiado en el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo.

3. Desarrollo.

Modalidad: presencial.

Duración: 28 horas.

Ediciones: una.

Fechas: 14, 21 y 28 de abril y 5, 12, 19 y 26 de mayo de 2023.

Horario: de 16.00 a 20.00 horas.

Lugar: salón de actos del Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo.

Plazas: 45.

4. Contenido.

• Bloque 1. Plan sanitario.

– La prescripción veterinaria y el uso de Presvet.

– El RD de veterinario de explotación y el RD de uso sostenible de antibióticos.

– Programa nacional de control oficial de la distribución, prescripción y dispensación de los medicamentos veterinarios.

– Uso prudente de medicamentos y guías de interés para el veterinario.

– Oficina agraria virtual. Características y funcionamiento. Identificación y registro de explotaciones.

– Sanciones por el incumplimiento de registros.

– Bioseguridad e instalaciones, en explotaciones de vacuno lechero.

– Control de calidad, rastreo y manejo del pienso en granjas de vacuno.

– Bioseguridad en extensivo y cebo.

– Normativa: Real decreto 1053/2022 por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas.

– Higiene y calidad del agua.

– Plan sanitario integral a desarrollar por el veterinario de explotación.

– Como actuar ante enfermedades de declaración obligatoria: protocolo a seguir.

– Normativa estatal de vigilancia de zoonosis y agentes zoonósicos.

• Bloque 2. Plan de bienestar animal.

– Certificación del bienestar animal en granja.

– Normativa de transporte y normativa.

– Aplicación de nuevas tecnologías y smart farming.

– Conclusiones de las conferencias impartidas. Plan de gestión ambiental y lucha ganadera contra el cambio climático.

– Impacto ambiental de la ganadería; principales emisiones. Cuantificación y valoración. Acuerdos y normativa internacional. Normativa nacional. El medio ambiente en las correspondientes normativas de ordenación ganadera. Técnicas para la reducción de las emisiones; mejores técnicas disponibles para la reducción de gases contaminantes y de efecto invernadero.

Sistemas de registro de información SIGE y Ecogan.