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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miércoles, 3 de mayo de 2023 Pág. 27308

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 19 de abril de 2023 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gestores de internacionalización, y se procede a su convocatoria plurianual para los años 2023, 2024 y 2025 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG638A).

BDNS (Identif.): 690961.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

Las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Empresas que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento núm. 651/2014, de la Comisión, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos, y que tengan como proyecto iniciar o consolidar su proceso de internacionalización.

Las empresas tendrán que disponer del informe de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización realizado a través de programas de Igape a partir de 2013. De no disponer del citado Informe de alta, deben solicitarlo a través de la oficina virtual del Igape (procedimiento IG192) dentro del plazo de presentación de solicitudes.

b) Las personas solicitantes deberán tener, por lo menos, un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Las personas solicitantes acreditarán tener un proyecto de internacionalización para el cual se requiere contratar profesionales en comercio exterior.

d) Las personas solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, y no ser consideradas empresas en crisis. A los efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta a definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el número 18 del artículo 2 del Reglamento núm. 651/2014, de la Comisión. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y su objetivo es facilitar la adquisición de competencias profesionales en materia de internacionalización y la incorporación o reinserción al mercado laboral de profesionales en el ámbito del comercio exterior –priorizando a los jóvenes sin o con poca experiencia y a los sénior experimentados mayores de 45 años en situación de desempleo–, al mismo tiempo que se apoya a las pymes gallegas en su proceso de internacionalización poniendo a disposición de las pymes información sobre profesionales con formación especializada y una subvención a fondo perdido para su contratación.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 19 de abril de 2023 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gestores de internacionalización, y se procede a su convocatoria plurianual para los años 2023, 2024 y 2025 en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG638A).

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 05.A1.741A.4705 y por un importe de 1.300.000 € con la siguiente distribución plurianual: 100.000 € en el año 2023, 500.000 € en el año 2024 y 700.000 € en el año 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y será de un mes contado desde las 8.00 horas del día de inicio del plazo y hasta las 14.00 horas del día en el que se cumpla el dicho plazo de un mes.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2023

Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica