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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 29 de junio de 2023 Pág. 40403

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 14 de junio de 2023 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Margarita Ledo Andión. Casa da Galería. CCC (Cinema, Cultura e Comunicación).

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Margarita Ledo Andión. Casa da Galería. CCC (Cinema, Cultura e Comunicación), con domicilio en la travesía Escultor Asorey, número 16, en Santiago de Compostela (A Coruña).

Hechos:

1. El 3 de marzo de 2023, José Andrés Barros Nogueira, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Margarita Ledo Andión. Casa da Galería. CCC (Cinema, Cultura e Comunicación) la constituyó Margarita María Ledo Andión, mediante escritura pública otorgada el 8 de febrero de 2023, ante la notaria de Vigo (Pontevedra) Mónica Alba Castro, con número de protocolo 281.

Tras requerimiento de 18 de abril de 2023, el 25 de abril se aporta, entre otra documentación, una diligencia referida a la escritura anterior que corrige su dotación.

3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto: «la conservación, investigación y difusión de la obra de la investigadora, escritora y cineasta Margarita Ledo Andión, la promoción de la cultura gallega en general y del cine y el audiovisual en lengua gallega en particular, así como de otros bienes de cultura y comunicación».

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Margarita María Ledo Andión, como presidenta; José Luis Ledo Andión, como vicepresidente, y Agar Ledo Arias, como secretaria.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Margarita Ledo Andión. Casa da Galería. CCC (Cinema, Cultura e Comunicación), con base en las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución constan la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 29 de mayo de 2023,

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Margarita Ledo Andión. Casa da Galería. CCC (Cinema, Cultura e Comunicación) y adscribirla al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y puede interponerse en el plazo de un mes, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Deportes