DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 21 de julio de 2023 Pág. 44787

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 30 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, de carácter compensatorio a los acuicultores por la suspensión temporal de la cosecha de moluscos cultivados durante el año 2022, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en un 75 % (FEMP), y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento PE205K).

BDNS (Identif.:): 708357.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas acuícolas titulares de establecimientos de acuicultura, que hayan visto suspendida su cosecha de moluscos cultivados, por motivos de salud pública, en el año 2022, como consecuencia de la contaminación de los moluscos motivada por la proliferación de plancton productor de toxinas o por la presencia de plancton que contenía biotoxinas.

La suspensión de las actividades de la cosecha tuvo que producirse durante un período superior a cuatro meses consecutivos y, por lo tanto, las personas beneficiarias deben ser titulares de establecimientos de acuicultura localizados en los polígonos indicados en el apartado segundo.

El establecimiento de acuicultura deberá ser titularidad de la empresa solicitante durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de presentación de la solicitud.

A efectos de esta orden, se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en las zonas terrestre, marítimo-terrestre o marítima, y que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Finalidad

Esta orden, con código de procedimiento PE205K, tiene por objeto establecer las bases reguladoras y proceder a la convocatorias para el año 2023, para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar a los acuicultores las pérdidas del año 2022, por la suspensión temporal de las actividades de cosecha de moluscos cultivados, cuando dicha suspensión se deba exclusivamente a motivos de salud pública.

La suspensión debió tener lugar como consecuencia de la contaminación de los moluscos por proliferación de plancton productor de toxinas o por la presencia de plancton que contenía biotoxinas, y siempre que la suspensión tuviese una duración de más de cuatro meses consecutivos.

Según el informe emitido el día 20 de enero de 2023 por el Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marino de Galicia (Intecmar) de la Consellería del Mar, los polígonos que tuvieron en el año 2022 un número de días de prohibición de actividad superior a 4 meses continuados, motivado por la presencia de biotoxinas, son Bueu A, Bueu B, Portonovo A, Portonovo B y Portonovo C.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 30 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, de carácter compensatorio a los acuicultores por la suspensión temporal de la cosecha de moluscos cultivados durante el año 2022, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en un 75 % (FEMP), y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento PE205K).

Cuarto. Importe

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria que figura en el cuadro que se inserta, dotada en el proyecto de presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2023. El importe máximo de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderá a la siguiente cuantía:

Aplicación presupuestaria

Año 2023

15.02.723A.772.1

500.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 2023

Silvia Cortiñas Fernández
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar