DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Miércoles, 26 de julio de 2023 Pág. 45886

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria

EXTRACTO de la Resolución de 11 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos innovadores de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR331B).

BDNS (Identif.): 709360.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones objeto de esta resolución las personas físicas o jurídicas, incluidas las administraciones públicas, que formen parte de un grupo operativo de la AEI-Agri (GO), constituido para la preparación y ejecución de uno o más proyectos dirigidos a la modernización del sector agroalimentario o forestal, así como los grupos operativos de la AEI constituidos como una entidad jurídica.

2. Podrán ser entidades beneficiarias los miembros del grupo operativo que tengan la condición de:

• Productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones o redes.

• Empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones que tengan la consideración de pymes.

• Cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones.

• Comunidades de regantes.

• Centros de investigación y experimentación, centros tecnológicos, universidades y otras entidades que contemplen en su objetivo social la innovación, investigación y/o experimentación en áreas agropecuarias, forestal, agroindustrial (incluyendo industria forestal) o de calidad agroalimentaria.

• Asesores y/o agentes de innovación.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones para la ejecución de proyectos innovadores de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, y convocar estas ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el año 2023. Su código de procedimiento es MR331B.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 11 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos innovadores de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la política agraria común (PEPAC) 2023-2027, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR331B).

Cuarto. Importe

1. La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 14.A2.561A.770.0, código de proyecto 2023 00002, por un valor total de 5.580.000,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 279.000,00 € en 2023, 1.953.000,00 € en 2024, 1.953.000,00 € en 2025 y 1.395.000,00 € en la anualidad 2026.

De acuerdo con el artículo 25.2 del Decreto11/2009, de 8 de enero, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión de las subvenciones.

2. Dicha aplicación presupuestaria podrá ser incrementada con fondos adicionales comunitarios, estatales y de la Comunidad Autónoma de Galicia. De acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y con el artículo 30.2 de su reglamento, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, se podrán utilizar otros remanentes que puedan existir de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

3. Las ayudas están financiadas con fondos Feader en un 80 %, con fondos propios de la Xunta de Galicia en un 14 % y con fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 6 %.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización que se establecen en el artículo 21 de la resolución.

La intensidad de la ayuda a la ejecución de proyectos de grupos operativos de la AEI será del 100 % de los costes subvencionables.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 180.000 euros. Esta cantidad incluye el máximo de 3.000 euros para la fase de preparación.

Quinto. Obligación de relacionarse electrónicamente

Tanto la presentación de las solicitudes de ayuda como los demás trámites necesarios para la gestión de este procedimiento administrativo, incluidos los requerimientos de enmienda y las notificaciones, se harán a través de medios electrónicos, en los términos previstos en estas bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2023

José Luis Cabarcos Corral
Director de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria