La Orden de 21 de enero de 2021 aprueba los diferentes modelos de autoliquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia y regula el procedimiento y las condiciones para su pago y presentación, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información tributaria.
Para adaptar los anexos de dicha orden a los diversos cambios normativos acaecidos se modificaron los mismos en las resoluciones de la Agencia Tributaria de Galicia de 14 de mayo y 6 de agosto de 2021.
En estos momentos es preciso modificar los anexos III y IV correspondientes a los modelos de la autoliquidación del impuesto de sucesiones y donaciones, 650 y 651, aprobados por la Orden de 21 de enero de 2021 para sustituir la denominación de las copias cartas de pago por ejemplares para otras administraciones u oficinas, siendo competente para ello la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia en base a la habilitación normativa prevista en la disposición adicional sexta de dicha orden.
En consecuencia,
RESUELVO:
Primero. Modificar los anexos III y IV de la Orden de 21 de enero de 2021 para sustituir la denominación de las copias de las cartas de pago por ejemplares para otras administraciones u oficinas, que pasan a ser los siguientes: