DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 22 de enero de 2024 Pág. 5600

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

EXTRACTO RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de Bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento IN848F).

BDNS (Identif.): 739679.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, conforme a las definiciones contenidas en el artículo 2 con actividad económica y categoría de pyme, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que solicitan la ayuda. Cada una de las líneas que componen esta ayuda va dirigida a las siguientes entidades:

Bonos

Beneficiarios

Línea 1. Servicios de apoyo a la innovación

Microempresas y pequeñas empresas.

Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica y categoría de pyme.

Línea 2. Gestión de financiación de la innovación

Microempresas, pequeñas y medianas empresas.

Entidades del tercer sector de acción social con actividad económica y categoría de pyme.

2. Quedan excluidos de la presente convocatoria y no podrán adquirir la condición de beneficiarias de esta ayuda:

a) Las pymes en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.4 de esta convocatoria.

La Agencia Gallega de Innovación realizará las comprobaciones necesarias para garantizar que las empresas beneficiarias tienen la condición de pyme, y que se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, de la Comisión, para considerar a una empresa en crisis.

b) Las pymes en las cuales concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, ni aquellas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

c) Las asociaciones, las fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. A excepción de las entidades del tercer sector de acción social de conformidad con la definición del artículo 2.

d) Las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las administraciones públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.

e) Cualquier ente, organismo o entidad con personalidad jurídica propia, que se haya creado específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos pertenecientes al sector público financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

3. De manera específica quedan excluidas:

a) Para la línea 1, bonos para servicios de apoyo a la innovación:

• Las pymes que resultaron beneficiarias de la línea 1 en el programa de bonos de innovación del año 2023 (Resolución de 18 de enero de 2023, DOG núm. 28, de 9 de febrero), y no hubieran presentado renuncia expresa a la misma con posterioridad a su resolución de concesión.

• Las pymes que resultaron beneficiarias de una ayuda en el programa Innovapeme en su convocatoria del año 2022 (Resolución de 4 de abril de 2022, DOG núm. 73, de 18 de abril), y no hubieran presentado renuncia expresa a la misma con posterioridad su resolución de concesión.

• Las pymes que resultaron beneficiarias de una ayuda de la convocatoria Deseñapyme e Innovapyme 2023 (Resolución de 29 de junio de 2023, DOG núm. 132, de 12 de julio, respectivamente).

b) Para la línea 2, bonos para la gestión de la financiación de la innovación:

• Las pymes que resultaron beneficiarias de una ayuda en el programa Innovapyme en su convocatoria del año 2022 (Resolución de 4 de abril de 2022, DOG núm. 72, de 18 de abril), y no hubieran presentado renuncia expresa a la misma con posterioridad su resolución de concesión.

• Las pymes que resultaron beneficiarias de una ayuda de la línea 2 Innovapyme de la convocatoria Deseñapyme e Innovapyme 2023 (Resolución de 29 de junio de 2023, DOG núm. 132, de 12 de julio), y no hubieran presentado renuncia expresa a la misma con posterioridad su resolución de concesión.

Las pymes vinculadas o asociadas y/o pertenecientes al incluso grupo empresarial, que sean beneficiarias simultáneamente en la presente convocatoria en la misma línea. En este caso, las pymes beneficiarias deberán determinar cuál es el expediente que continúa en el procedimiento. En caso de que no se indique, se excluirán las segundas y sucesivas solicitudes, según la orden de entrada, de empresas vinculadas, asociadas, o del mismo grupo empresarial.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes) destinadas a la financiación de bonos de innovación, código de procedimiento IN848F. En estas ayudas se diferencian tres tipos de bonos que se agrupan en las siguientes líneas:

Línea 1. Bonos para servicios de apoyo a la innovación, para la financiación de las actividades destinadas a la protección de la innovación, gestión de la innovación y vigilancia tecnológica, así como acciones estratégicas para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios.

Línea 2. Bonos para gestión de la financiación de la innovación, para la subvención de los costes de actividades de gestión, contratadas con los agentes de la innovación, encaminadas a la:

Tipo A. Tramitación de incentivos fiscales a la I+D+i y bonificaciones en la Seguridad Social de personal investigador.

Tipo B. Tramitación de nuevas solicitudes de financiación a propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales.

Asimismo, por medio de esta resolución se convocan dichas ayudas para el año 2024 en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. Las ayudas concedidas en el marco de esta resolución se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE núm. 187, de 26 junio de 2014).

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 750.000,00 euros con cargo al año 2024, con la siguiente distribución de crédito para cada una de las líneas: 550.000,00 euros para la línea 1 destinada a servicios de apoyo a la innovación, 100.000,00 euros para la línea 2 tipo A destinada a la tramitación de incentivos fiscales y bonificación de personal investigador, y 100.000,00 euros para la línea 2 tipo B, destinada a la gestión de ayudas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria no Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2023

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación