DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 6 de febrero de 2024 Pág. 11100

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace público el acuerdo del tribunal que juzga el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de facultativo/a especialista de área en la especialidad de pediatría y sus áreas específicas, relativo a la baremación definitiva de los méritos del concurso, a la publicación de los/las aspirantes seleccionados/as y por la que se convoca para el acto telemático de elección de destino.

La base octava de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de 11 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 98, de 25 de mayo), por la que se convoca el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en diversas especialidades de la categoría de facultativo/a especialista de área, dispone que contra los resultados de la baremación provisional, los/las aspirantes que lo consideren oportuno podrán presentar reclamación ante el propio tribunal en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A la vista de las reclamaciones presentadas o apreciado de oficio por el órgano de selección algún error material en la baremación provisional asignada a los/las aspirantes, el tribunal practicará las oportunas correcciones y aprobará las puntuaciones definitivas de méritos del concurso y la relación de aspirantes seleccionados/as, por el orden de puntuación alcanzado en los diferentes turnos de acceso, y elevará esta relación a la autoridad convocante para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

En la base novena de la citada resolución se disponen, además, que todos/as los/las aspirantes que participan en el proceso dispondrán del plazo de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de esta publicación para la presentación de la documentación preceptiva exigida en la convocatoria.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, esta dirección general, como órgano convocante del proceso

RESUELVE:

Primero. Publicar en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) el acuerdo del tribunal relativo a las puntuaciones definitivas de méritos del concurso obtenidas por las personas aspirantes en el proceso selectivo para el ingreso en la categoría de facultativo/a especialista de área en la especialidad de pediatría y sus áreas específicas.

Cada aspirante podrá consultar, además, el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo, en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.

Segundo. Publicar, como anexo I de esta resolución, la relación de los/las aspirantes seleccionados/as en este proceso, según el orden de puntuación alcanzado en los diferentes turnos de acceso de conformidad con el número de plazas convocadas.

Tercero. Con el objetivo de conseguir la máxima agilidad en la incorporación de los/las profesionales de esta categoría y especialidad, y en previsión de que alguna persona aspirante relacionada en el anexo I no presente la documentación prevista en la base tercera de esta resolución, no acredite cumplir los requisitos exigidos, o no realice la elección de destino, de conformidad con la base novena de la resolución de convocatoria, todos/as los/las aspirantes que participan en el proceso dispondrán del plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación para la presentación de la siguiente documentación:

a) Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la categoría de facultativo especialista de área.

c) Por exigencia del artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres humanos de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o, en su defecto, autorización escrita al Servicio Gallego de Salud para consultar los datos contenidos en el mencionado registro y solicitar en su nombre la oportuna certificación.

d) Los/las participantes que accedan por el turno de personas con discapacidad deberán presentar en este momento, además de la documentación anterior, original o certificación compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el correspondiente turno, de no tener carácter definitivo la resolución por la cual se les reconoció la discapacidad, y que fue presentada al inicio del proceso selectivo.

De acuerdo con la base novena de la Resolución de 11 de mayo de 2023, los/las aspirantes que dentro del plazo fijado no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujese que carecen de alguno de los requisitos para participar en el proceso selectivo, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrieran por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto. La relación de plazas que se ofertan a los/las participantes en el proceso figuran como anexo I de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 11 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 98, de 25 de mayo) por la que se convoca el proceso selectivo, corrección de errores (Diario Oficial de Galicia núm. 99, de 26 de mayo).

La prestación de servicios del personal seleccionado en este concurso, realizado en ejecución del Decreto 32/2023, de 13 de abril, se realizará en régimen de jornada ordinaria y complementaria (guardias), dentro del respeto al régimen de jornada que establece la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, sin que resulte de aplicación cualquier régimen de exención de guardias por razones de edad hasta que transcurran dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino en el concurso.

Quinto. Abrir un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de esta publicación para que todos/as los/las aspirantes que participan en el proceso seleccionen telematicamente, a través del sistema de información Fides/expedient-e, los destinos ofertados por orden de prelación entre la relación de plazas ofertadas.

Los/las aspirantes seleccionados/as deberán elegir un número de destinos igual al del puesto que ocupa como seleccionado por el orden de prelación que considere. Sin perjuicio de lo expuesto, se solicitan menos destinos que el puesto que ocupa y no resulta adjudicatario de plaza, no podrá ser nombrado/a personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones en el proceso.

Los/las participantes en el proceso selectivo, que no tengan la condición de seleccionados/as, podrán solicitar todos los destinos ofertados por el orden de prelación que considere o aquellos que fueran de su interés. En el supuesto de quedar plazas sin adjudicar entre los/las aspirantes seleccionados/as que figuran en el anexo I de esta resolución, el nombramiento se realizará por el orden de prelación que resulte de la lista definitiva entre aquellos/as aspirantes que aportasen la documentación indicada en el apartado tercero de esta resolución y hayan elegido los destinos no adjudicados, con independencia del turno de acceso del/de la aspirante que no resultó adjudicatario.

Los/las participantes en el proceso selectivo que, en el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido, no seleccionen ningún destino o no resulten adjudicatarios/as de ninguno por los que optaran, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en este proceso.

En el procedimiento de selección de destinos resultarán de aplicación las bases aprobadas por Resolución de esta dirección de 28 de mayo de 2020 (Diario Oficial de Galicia núm. 109, de 5 de junio).

Sexto. El orden de puntuación alcanzada en los diferentes turnos de acceso publicada en el anexo I de esta resolución, podrá ser alterada solo a los efectos de elección de destino, de conformidad con el artículo 9 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el supuesto de que se estime por parte de la autoridad convocante la/las solicitud/es de alteración del orden por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas que, en su caso, realicen alguno/s de los/las aspirantes que superaran el concurso de méritos por el turno reservado a personas con discapacidad. A estos efectos, los/las aspirantes seleccionados/as que accedieron por el turno de personas con discapacidad podrán solicitar a la autoridad convocante, en el plazo indicado en este apartado, la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.

Séptimo. La documentación requerida en esta resolución deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela.

Octavo. De manera paralela al presente proceso selectivo, se está desarrollando el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de pediatra de atención primaria convocado por la Resolución de 11 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 98, de 25 de mayo). Existiendo aspirantes que resultan seleccionados en este proceso de facultativo/a especialista de área en la especialidad de pediatría y sus áreas específicas y en el proceso de selección de la categoría de pediatra de atención primaria, una vez se realice el procedimiento interno de adjudicación de plaza y con anterioridad al nombramiento, el órgano convocante comunicará a estos aspirantes los destinos que se le adjudicarían en cada una de las categorías (en caso de que hayan seleccionado destino en ambas categorías), a los efectos de que manifiesten su opción por una de ellas, dada la imposibilidad de acceder a dos categorías distintas en los procesos selectivos derivados de la Ley 2/2022 al establecerse la incorporación efectiva como requisito para poder adquirir la condición de personal estatutario fijo.

Noveno. La no incorporación al servicio activo en el destino adjudicado y en el plazo establecido, sin causa justificada, sobrevenida a la solicitud de participación en el concurso, o de fuerza mayor, impedirá la perfección del nombramiento y la adquisición de la condición de personal estatutario fijo del/de la aspirante, y quedarán sin efecto todas sus actuaciones en el proceso.

La Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 11 de mayo de 2023 (Diario Oficial de Galicia núm. 98, de 25 de mayo), por la que se convoca el proceso selectivo, se dictó en ejecución de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en ciencias de la salud del Servicio Gallego de Salud, por lo que, con base a lo que establecen el artículo 20.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, así como el artículo 2 de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, se imponen el máximo rigor en la exigencia de la incorporación efectiva al servicio como requisito para adquirir la condición de personal estatutario fijo y se prevé expresamente en mencionado artículo que el personal seleccionado en los concursos que se ejecuten en aplicación de la Ley 2/2022 deberá incorporarse, de modo efectivo y permanente, al servicio activo, en el destino adjudicado, para adquirir la condición de personal estatutario fijo.

Tras adquirir esa condición de personal estatutario fijo podrá participar en los concursos de traslados de su categoría y especialidad, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría y/o especialidad, cuando cumpla los requisitos comunes y acredite dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el centro elegido y adjudicado como destino en el concurso. En consecuencia, deberán ser excluidos de cualquier proceso en el que estén participando en el momento en que se incorporen al servicio activo como facultativo especialista de área en la especialidad de pediatría y sus áreas específicas.

Décimo. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá impugnar directamente en la jurisdicción contencioso-administrativa en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Santiago de Compostela, 1 de febrero de 2024

Ana María Comesaña Álvarez
Directora general de Recursos Humanos

ANEXO I

Aspirantes seleccionados/as

Nº orden

DNI

Apellidos y nombre

Acceso

Valoración
gallego

Formación

Experiencia

Otras
actividades

Puntuación
total

1

***5438**

Ramos Perez, Alfonso Manuel

PRI

0,000

12,000

22,000

4,000

38,000

2

***8564**

Rivas Arribas, Lucia

PRI

5,000

14,000

11,000

4,000

34,000

3

***9501**

Del Campo Garcia, Aida

PRI

5,000

13,610

4,550

2,400

25,560

4

***1690**

Gonzalez Piñeiro, Yolanda

LI

5,000

14,000

22,000

4,000

45,000

5

***9135**

Romero Rey, Henar

LI

5,000

14,000

22,000

4,000

45,000

6

***2706**

Garcia Barreiro, Maria del Carmen

LI

5,000

14,000

22,000

4,000

45,000

7

***8347**

Garcia Magan, Carlos

LI

5,000

14,000

21,900

4,000

44,900

8

***1216**

Martinez Azcona, Oihana

LI

5,000

13,650

21,600

4,000

44,250

9

***3294**

Ocampo Fontangordo, Luis

LI

5,000

14,000

22,000

2,800

43,800

10

***7256**

Fariña Nogueira, Sabela

LI

5,000

14,000

19,800

4,000

42,800

11

***7120**

Gomez Costas, Ezequiel Josnie

LI

5,000

12,180

22,000

3,300

42,480

12

***2994**

Espiño Lorenzo, Pilar

DI

5,000

14,000

17,000

4,000

40,000