Advertidos errores en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 24, del viernes 2 de febrero de 2024, es necesario realizar las siguientes correcciones:
En la página 10181, en el punto 3, donde dice:
«No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis, conforme a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (CE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE 26.06.2014, L 187/1); las personas que resultaran beneficiarias en el año 2023 de las órdenes de ayudas CO300C y CO300G para la misma actuación subvencionable, excepto en los supuestos en los que por la naturaleza de la actuación no sea susceptible de su conservación en los términos establecidos en el artículo 19.6».
Debe decir:
«No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis, conforme a la definición prevista en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (CE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE 26.6.2014, L 187/1); las personas que resultaran beneficiarias en el año 2023 de las órdenes de ayudas CO300C y CO300G para la misma actuación subvencionable, excepto en el caso de los talleres artesanos y en los supuestos en los que por la naturaleza de la actuación no sea susceptible su conservación en los términos establecidos en el artículo 19.6».
En la página 10182, en el apartado a), donde dice:
«– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada y homologado para la digitalización del certificado de facturas (máximo 12 meses)».
Debe decir:
«– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada y homologado para la digitalización del certificado de facturas».
En la página 10186, en el apartado a), donde dice:
«– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada (máximo 12 meses)».
Debe decir:
«– Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada y homologado para la digitalización del certificado de facturas».
En la página 10187, en el cuadro de las inversiones máximas subvencionables, donde dice:
Programa |
Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
|
Sin empleados/as |
De 1 a 10 empleados/as |
||
e-commerce I |
Implantación de página web sin venta en línea |
690,00 € |
670,00 € |
Hardware (sistema TPV o tableta) |
690,00 € |
1.000,00 € |
|
Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada |
690,00 € |
1.000,00 € |
|
Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) |
1.100,00 € |
1.700,00 € |
|
Total programa e-commerce I |
3.340,00 € |
4.540,00 € |
|
Implantación o mantenimiento de página web con venta en línea |
1.100,00 € |
1.100,00 € |
|
e-commerce II |
Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) |
2.800,00 € |
4.900,00 € |
Logística e-commerce |
600,00 € |
900,00 € |
|
Gestor de redes sociales |
450,00 € |
900,00 € |
|
Imagen digital |
450,00 € |
900,00 € |
|
Total programa e-commerce II |
5.400,00 € |
8.700,00 € |
Debe decir:
Programa |
Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
|
Sin empleados/as |
De 1 a 10 empleados/as |
||
e-commerce I |
Implantación de página web sin venta en línea |
690,00 € |
670,00 € |
Hardware (sistema TPV o tableta) |
690,00 € |
1.000,00 € |
|
Software de pago adaptado a la actividad comercial desarrollada |
690,00 € |
1.000,00 € |
|
Herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) |
1.100,00 € |
1.700,00 € |
|
Total programa e-commerce I |
3.170,00 € |
4.370,00 € |
|
e-commerce II |
Implantación o mantenimiento de página web con venta en línea |
1.100,00 € |
1.100,00 € |
Mejoras de las herramientas de posicionamiento digital (SEO, SEM, ADS) |
2.800,00 € |
4.900,00 € |
|
Logística e-commerce |
600,00 € |
900,00 € |
|
Gestor de redes sociales |
450,00 € |
900,00 € |
|
Imagen digital |
450,00 € |
900,00 € |
|
Total programa e-commerce II |
5.400,00 € |
8.700,00 € |
En la página 10190, en el cuadro de las inversiones máximas subvencionables, donde dice:
Programa |
Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
||
Hasta 100 m2 de superficie de exposición y venta |
De 101 a 200 m2 de superficie de exposición y venta |
De 201 a 300 m2 de superficie de exposición y venta |
||
Eficiencia |
Puertas automáticas con sensores de proximidad |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces |
1.500,00 € |
2.000,00 € |
3.000,00 € |
|
Sistemas de climatización energéticamente eficientes |
3.000,00 € |
5.000,00 € |
8.000,00 € |
|
Total programa eficiencia |
6.500,00 € |
9.000,00 € |
13.000,00 € |
|
Reforma |
Total programa reforma |
2.250,00 € |
4.250,00 € |
6.250,00 € |
Equipamiento |
Total programa equipamiento |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
Debe decir:
Programa |
Actuación subvencionable |
Inversión máxima subvencionable |
||
Hasta 100 m2 de superficie de exposición y venta |
De 101 a 200 m2 de superficie de exposición y venta |
De 201 a 300 m2 de superficie de exposición y venta |
||
Eficiencia |
Puertas automáticas con sensores de proximidad |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces |
1.500,00 € |
2.000,00 € |
3.000,00 € |
|
Sistemas de climatización energéticamente eficientes |
3.000,00 € |
5.000,00 € |
8.000,00 € |
|
Total programa eficiencia |
6.500,00 € |
9.000,00 € |
13.000,00 € |
|
Reforma |
Total programa reforma |
3.000,00 € |
4.250,00 € |
6.250,00 € |
Equipamiento |
Total programa equipamiento |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
En la página 10194, en la memoria del proyecto en la línea de innovación, debe añadirse el siguiente párrafo:
«Declaración responsable, debidamente firmada, de tener implantadas todas las actuaciones del programa e-commerce I, en el caso de solicitar las actuaciones establecidas en el programa smart retail o en el programa visual merchandising».