DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 12 de marzo de 2024 Pág. 18320

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 6 de marzo de 2024 por la que se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento y apoyo a las agrupaciones forestales de gestión conjunta y al asociacionismo forestal, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se convocan para el año 2024 (códigos de procedimiento MR608D, MR608E y MR608F).

BDNS (identif.): 738503.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Ayudas para la organización de acciones de divulgación que impulsen el conocimiento y destaquen la importancia estratégica de las agrupaciones forestales de gestión conjunta (código de procedimiento MR608D)

Primero. Modificación del plazo de presentación de solicitudes

1. Modificar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 11.1 de la Orden de 20 de diciembre de 2023 en un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (línea I).

2. Esta modificación permite que las personas que ya formularon solicitud en el plazo transcurrido hasta la modificación de esta orden puedan mantener o modificar la solicitud o que aquellas personas que no formularan solicitud con anterioridad puedan formularla teniendo en cuenta las nuevas condiciones.

Ayudas de apoyo a las asociaciones sin ánimo de lucro que tenga como objeto la comercialización conjunta de productos forestales (procedimiento MR608E)

Segundo. Modificación del plazo de presentación de solicitudes

1. Modificar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 35.1 de la Orden de 20 de diciembre de 2023 en un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (línea II).

2. Esta modificación permite que las personas que ya formularon solicitud en el plazo transcurrido hasta la modificación de esta orden puedan mantener o modificar la solicitud o que aquellas personas que no formularan solicitud con anterioridad puedan formularla teniendo en cuenta las nuevas condiciones.

Ayudas para crear y apoyar agrupación forestales de gestión conjunta (procedimiento MR608F)

Tercero. Modificación del plazo de presentación de solicitudes

1. Modificar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 61.1 de la Orden de 20 de diciembre de 2023 en 40 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (línea III).

2. Esta modificación permite que las personas que ya formularon solicitud en el plazo transcurrido hasta la modificación de esta orden puedan mantener o modificar la solicitud o que aquellas personas que no formularan solicitud con anterioridad puedan formularla teniendo en cuenta las nuevas condiciones.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2024

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural