En el Diario Oficial de Galicia número 103, de 29 de mayo de 2024, en la sección VI. Anuncios, B) Administración local en la página 32650, este ayuntamiento pulicó el anuncio de la oferta de empleo público para el año 2024.
Advertido error material en la redacción del mismo, repetimos la publicación con los datos correctos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las bases de régimen local, y en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el Acuerdo del alcalde del Ayuntamiento de Cortegada (Ourense), de 6 de mayo de 2024, se aprobó la oferta de empleo público para el año 2024, según el siguiente detalle:
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Denominación |
Dependencia |
Grupo/Subgrupo |
Nº de vacantes |
Sitema de acceso |
Vinculación laboral |
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Operario/a de servicios varios |
Área del territorio |
V |
1 |
Concurso-oposición |
Laboral |
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Arquitecto/a técnico/a |
Área del territorio |
A2 |
1 |
Oposición libre |
Funcionario de carrera |
La presente oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
Lo que se hace público para general conocimiento advirtiendo a los interesados que contra dicho acuerdo podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Cortegada (Ourense), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Ourense, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que haya notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o transcurriera un mes desde su interposición sin recibir la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo.
Cortegada, 10 de julio de 2024
Avelino Luis de Francisco Martínez
Alcalde
