Advertidos errores en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 117, de 18 de junio de 2024, es preciso hacer las siguientes correcciones:
– En el artículo 1.2, donde dice: «Asimismo, se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes el ejercicio de la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización prevista en el artículo 4 del Decreto 144/2001, de 7 de junio, de las personas titulares de la Secretaría General para el Deporte, de las direcciones generales y de las delegaciones territoriales, así como del personal dependiente de la Secretaría General Técnica», debe decir: «Asimismo, se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes el ejercicio de la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización prevista en el artículo 4 del Decreto 144/2001, de 7 de junio, de las personas titulares de la Secretaría General para el Deporte, de las direcciones generales y de los departamentos territoriales, así como del personal dependiente de la Secretaría General Técnica».
– En el artículo 1.4, donde dice: «Se delega en las personas titulares de los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes el ejercicio de la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización del personal de la correspondiente jefatura territorial», debe decir: «Se delega en las personas titulares de los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes el ejercicio de la competencia para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización del personal del correspondiente departamento territorial».