BDNS (Identif.): 741593.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Modificación de la dotación presupuestaria
Modificación del párrafo a) del artículo 25.1, que queda redactado de la siguiente forma:
«a) Código de proyecto 45.03.713B.770.0.2016 00207 por un importe de 5.079.520,00 euros (507.952,00 euros en el año 2024 y 4.571.568,00 euros en el año 2025). Este crédito se destinará a las ayudas solicitadas por todo tipo de beneficiarios recogidos en esta orden, excepto entidades locales.
Se reservan 900.000,00 € para solicitudes a forestar en los terrenos cuya superficie esté ocupada en su totalidad por eucalipto (Eucalyptus sp.) con diámetro normal medio inferior a 10 cm, por acacia negra (Acacia melanoxylon), mimosa (Acacia dealbata) y/o falsa acacia (Robinia pseudoacacia), por masas mixtas de coníferas, frondosas y matorral, con diámetro normal medio conjunto inferior a los 10 cm, en que la superficie ocupada por la especie dominante no supere el 60 % de la superficie total o superficies que, conforme a los párrafos c), d), e), g), h), i) y j) del anexo II de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, pueden plantarse con frondosas del anexo I de la Ley 7/2012. En caso de que los dichos expedientes no cubran dicho importe, el remanente se dedicará al resto de solicitudes».
Santiago de Compostela, 12 de agosto de 2024
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural
