De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, los acuerdos de inicio de los procedimientos administrativos sancionadores por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución de los expedientes es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, este acuerdo, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerado propuesta de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la publicación del presente acuerdo, para identificar, en el caso de que no hubiesen sido ustedes los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Ustedes responderán personalmente cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que les sea imputable e igualmente cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.
Santiago de Compostela, 21 de agosto de 2024
Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia
ANEXO
|
Expediente Matrícula Denunciante |
DNI /CIF denunciado |
Hecho denunciado Fecha-hora-puerto |
Precepto infringido |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
|
Sanc. 12-48-24-474 8274-HSF Guardia Civil |
33179607Z |
Estacionamiento prohibido 8.6.2024; 12.50 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-478 2487-CSC Guardia Civil |
35397361Q |
Estacionamiento prohibido 8.6.2024; 12.52 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-491 9502-HFZ Guardamuelles |
39462052D |
Estacionamiento prohibido 6.6.2024; 21.01 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-497 6260-HLS Guardamuelles |
78 993 483Y |
Estacionamiento prohibido 10.6.2024; 12.18 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-501 5016-LSW Guardamuelles |
52932036C |
Estacionamiento prohibido 11-6-2024: 10.09 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-512 0220-FFH Guardamuelles |
53481353M |
Estacionamiento prohibido 14.6.2024; 11.59 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-26-24-08 Pafif |
35635627W |
Pesca sin autorización 5.6.2024; 22.30 horas Canido (Pontevedra) |
Artículo 131.v) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-28-24-08 Pafif |
36176306C |
Pesca sin autorización 5.6.2024; 23.55 horas Baiona (Pontevedra) |
Artículo 131.v) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-28-24-09 Pafif |
36176306C |
Pesca sin autorización 5.6.2024; 23.55 horas Baiona (Pontevedra) |
Artículo 131.v) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
