DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Jueves, 5 de septiembre de 2024 Pág. 49528

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 29 de agosto de 2024 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 11 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital, innovación y modernización del sector comercial y artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento CO300C).

Mediante la Orden de 11 de enero de 2024 (DOG núm. 24, de 2 de febrero) se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital, innovación y modernización del sector comercial y artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento CO300C).

El párrafo segundo del artículo 1.3 de las bases reguladoras establece que, en concreto, se considerarán subvencionables las actuaciones previstas en los artículos 4 y 5 de estas bases reguladoras siempre que sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 22 de estas bases reguladoras, por la incidencia que en los sectores del comercio y de la artesanía tienen tanto el período de rebajas de invierno como la campaña de Navidad, que son para muchos establecimientos el momento idóneo para el lanzamiento de nuevas propuestas comerciales, en establecimientos y a través del canal digital.

Por su parte, el artículo 22.1 de las bases reguladoras dispone que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la forma señalada en el artículo 7 de la convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2024, de una copia de la documentación indicada del propio artículo 22.1.

Teniendo en cuenta el largo proceso de evaluación y a fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar el artículo 22.1 de las bases reguladoras para ampliar el plazo de justificación hasta una fecha que permita una mejor justificación de la subvención por parte de las personas beneficiarias.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración en materia de comercio interior, y en ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 22.1 del anexo I de la Orden de 11 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital, innovación y modernización del sector comercial y artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento CO300C)

El primer párrafo del artículo 22.1 del anexo I de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:

«El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la forma señalada en el artículo 7 de la convocatoria y hasta el 18 de octubre de 2024, de una copia de la siguiente documentación:».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2024

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración