A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: cierre LMT MOF805-REG802 en Bolmente.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avda. América, 38, 28028 Madrid.
Características técnicas principales:
– Línea de alta tensión aérea a 20 kV, con una longitud de 2.463 m en conductor de tipo LA-56 Avifauna, con inicio en el apoyo proyectado núm. 65-B-59-2 de la LMTA MOF805 y fin en el apoyo proyectado núm. 35-A27-32 de la LMTA REG802, en el que se instalará un interruptor seccionador telecontrolado.
– Sustitución del apoyo núm. 67-B-59-6 de la LMTA MOF805 e instalación de contrapesos en las cadenas de suspensión de los apoyos existentes números 67-B-59-3, 67-B-59-5, 67-B-59-7 y 67-B-59-8.
– Desmontaje de los seccionadores XS con matrículas 27HA44 y 27HE28 situados sobre los apoyos números 67-B-59-1 de la LMTA MOF805 y 35-A27-31 de la LMTA REG802 e instalación de nuevos seccionadores XS sobre los apoyos números 67-B-59-9 y 35-A27-34.
– Sustitución del conductor de tipo LA-30 existente de la LMTA REG802 por LA-50 entre los apoyos núm. 35-A27-30 existente y núm. 35-A27-32 proyectado, con una longitud de 231 m.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta con este acuerdo.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 144 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la sección de Energía de esta Dirección Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 29 46 76), así como en el ayuntamiento de Sober. Además, también se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Economía e Industria a través del siguiente enlace:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacion-electrica/sober-50-ATE
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) cuando los titulares de los predios propuestos sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 19 de agosto de 2024
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo
