Vista la propuesta elevada por la Comisión de Funcionarización calificadora de las pruebas selectivas para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera en las escalas y subescalas propias de la Universidad de Vigo, convocadas por Resolución de 10 de enero de 2024 (DOG de 22 de enero), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia; la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, y en los estatutos de la Universidad de Vigo, así como en el Acuerdo de funcionarización del personal laboral fijo de administración y servicios de la Universidad de Vigo, de 5 de julio de 2021, este rectorado
RESUELVE:
Primero. Nombrar personal funcionario de carrera a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo y que se relacionan en el anexo, con indicación de la escala y subescala, con especificación del destino definitivo que, excepto en caso de desempeño provisional o reingreso, será el mismo que estaba ocupando con tal carácter como personal laboral fijo.
Segundo. Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 60 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y tomar posesión del puesto de trabajo con efectos del día hábil siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se hubiera producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Vigo, 5 de septiembre de 2024
Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo
ANEXO
Nombre |
DNI |
Puesto |
Escala |
Subescala |
SG |
Alonso Rodríguez, Alda |
***6078** |
Técnico/a de laboratorio |
Técnica media de apoyo a la docencia e investigación |
Análisis de alimentos |
A2 |
Castro González, Mercedes |
***4770** |
Auxiliar de servicios |
Auxiliar técnica de servicios generales |
Conserjería |
C2 |
Díaz Vázquez, José David |
***7649** |
Auxiliar de servicios |
Auxiliar técnica de servicios generales |
Conserjería |
C2 |
Iglesias Galán, María Hilda |
***7523** |
Técnico/a de I+D |
Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación |
I+D |
A1 |
Morán Vaquero, Manuel |
***9210** |
Analista |
Técnica superior de tecnologías de la información y comunicaciones |
Informática |
A1 |
Morán Vaquero, Manuel |
***9210** |
Gestor/a informático |
Técnica media de tecnologías de la información y comunicaciones |
Informática |
A2 |
Mosteiro García, Beatriz |
***7925** |
Auxiliar de servicios |
Auxiliar técnica de servicios generales |
Conserjería |
C2 |