Expediente: IN407A 2024/212-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación del proyecto: regulamentación centro de transformación Gran Vía 134-15CKT8.
Ayuntamiento: Carballo.
Hechos:
1. El día 12.6.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Con el objeto de realizar obras de reglamentación por fin de la vida útil y mal estado del centro de transformación subterráneo denominado CT Gran Vía 134-15CKT8 (IN407A 2015/311-1) de 400 kVA de potencia, situado en el número 4 de calle Vila de Corcubión, ayuntamiento de Carballo, se proyecta su desmantelamiento y la instalación de un nuevo centro de transformación prefabricado compacto, subterráneo y telecontrolado en un espacio público ajardinado en la calle Vila de Corcubión con avda. de Bergantiños, a 40 metros de su posición actual, y la instalación de una línea soterrada de media tensión que lo conectará con la línea de distribución LMT BRT704 (IN407A 2016/2139-1), procedente de la Subestación Bértoa.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado regulamentación centro de transformación Gran Vía 134-15CKT8. firmado el día 27.5.2024 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, con número de colegiado 2.980 de Vigo.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Carballo y Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.
4. El día 28.8.2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en la esquina de la calle Vila de Corcubión con avenida de Bergantiños, término municipal de Carballo, y sus características técnicas son las siguientes:
LMTS a 15 kV, de 2x45 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y remate en los empalmes a realizar en la LMT BRT704 (IN407A 2016/2139-1), procedente de la Subestación Bértoa, en el tramo que une el CC.TT. Vila Ponteceso (15CGJG) y Alfredo Brañas 15 (15SFJP) y enfrente del local del CTS a desmantelar, haciendo E/S en el CTS proyectado. Las Líneas proyectadas discurren canalizadas bajo tubo de polietileno de 160 mm de diámetro y en una gavia de dimensiones 0,4 × 1,20 m (anchura x profundidad) paralelismo con calle Vila de Corcubión en un tramo de 40 metros por acera y 2 metros sin reposición para la conexión con CTS proyectado.
Nuevo CT Gran Vía 134 subterráneo en esquina de calle Vila de Corcubión con avenida de Bergantiños compacto prefabricado de maniobra interior telecontrolado, con una potencia de 400 kVA, una relación de transformación de 15.000/400-230 V y configuración 2.
Desmantelamiento del CTS Gran Vía 134-15CKT8 (IN407A 2015/311-1) de 400 kVA, instalado en local edificio en calle Vila de Corcubión, 4.
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 30 de agosto de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
