DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Miércoles, 25 de septiembre de 2024 Pág. 52043

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Arteixo

ANUNCIO de requerimiento de gestión de la biomasa.

De conformidad con el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y ante la imposibilidad de efectuar la notificación a los titulares de los bienes que se relacionan a continuación, se comunica a las personas responsables su obligación legal de gestión de la biomasa y retirada de las especies arbóreas prohibidas en las parcelas señaladas seguidamente, impuesta por el artículo 22.1 de la citada Ley 3/2007, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 da la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

Número de expediente

Referencia catastral

Parroquia

Titulares catastrales

2024/V001/000032

15005A06100086

Oseiro

P.V.B.

2024/V001/000046

3377606NH4937N

Pastoriza

J.M.S. y otros

2024/V001/000048

4493981NH4949S

Pastoriza

P.S.L.

2024/V001/000062

15005A01000211

15005A01000369

15005A01000219

Arteixo

D.G.C.

F.F. y E.A.M.R.E.F.

2024/V001/000070

15005A06100637

Arteixo

En investigación

2024/V001/000073

4190613NH4949S

4190602NH4949S

4190601NH4949S

4191112NH4949S

4191111NH4949S

4291115NH4949S

Pastoriza

En investigación

2024/V001/000080

0454214NH4905S

0454216NH4905S

Arteixo

J.B.M.

J.M.B.

2024/V001/000084

15005A09501448

Pastoriza

En investigación

En virtud de lo anterior, las personas responsables disponen de un plazo máximo de quince (15) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado), para el cumplimiento voluntario de la obligación de gestión de la biomasa en las parcelas citadas.

Transcurrido dicho plazo, y en caso de persistencia en el incumplimiento, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria con repercusión a la propiedad de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la Ley 3/2007, anteriormente citada, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

Asimismo, se comunica a las personas responsables que el contenido íntegro de las notificaciones, así como la totalidad del expediente administrativo, está a su disposición en el Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Arteixo.

Arteixo, 4 de septiembre de 2024

El alcalde
P.D. (Decreto 2027/2023, de 21 de junio)
Víctor Merelas García
Concejal especial de Medio Ambiente