Mediante la Orden de 1 de julio de 2024 (DOG núm. 132, de 9 de julio) la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración estableció las bases reguladoras para las acciones formativas del Plan formativo para el empleo (personas trabajadoras desempleadas) de la Comunidad Autónoma de Galicia para el período 2024-2026 y realizó su primera convocatoria para los ejercicios 2024-2025.
En el artículo 42 de esta orden se recoge la financiación de las ayudas previstas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 44.03.323A.460.1, 44.03.323A.471.0 y 44.03.323A.481.0, código de proyecto 2021 00149, con una cuantía de 76.000.000 €, distribuida entre las anualidades 2024 (43.000.000 €) y 2025 (33.000.000 €) procedentes de fondos finalistas del Estado.
En el mismo artículo 42 se establece que esos créditos podrán ser objeto de modificaciones en los supuestos y en las condiciones previstas en los artículos 30 y 31 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
Una vez instruidos los expedientes y obtenida la relación de acciones formativas que van a ser subvencionadas, ya que cumplen con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y resultaron seleccionadas por aplicación de los criterios de evaluación recogidos en el artículo 14 de las citadas bases, y teniendo en cuenta también la reserva de un 5 % del crédito establecida en el artículo 43.1.a) destinada a las resoluciones complementarias para la impartición de competencias clave indicadas en el artículo 38.6, es necesario realizar una redistribución del crédito entre las distintas aplicaciones presupuestarias, en función del tipo de entidad que va a impartir la formación (empresas, entidades locales o entidades sin ánimo de lucro).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero) cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre los distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 1 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para las acciones formativas del Plan formativo para el empleo (personas trabajadoras desempleadas) de la Comunidad Autónoma de Galicia para el período 2024-2026, y se realiza su primera convocatoria para los ejercicios 2024-2025 (código de procedimiento TR301K), redistribuyendo el crédito previsto en dicha orden para la anualidad 2024 de la siguiente forma, sin variar el presupuesto total:
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Anualidad 2024 |
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Aplicación presupuestaria |
Código de proyecto |
Presupuesto inicial |
Modificaciones |
Presupuesto final |
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44.03.323A.460.1 |
2021 00149 |
3.216.413,00 |
-788.547,58 |
2.427.865,42 |
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44.03.323A.471.0 |
2021 00149 |
31.120.871,00 |
76.968,99 |
31.197.839,99 |
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44.03.323A.481.0 |
2021 00149 |
8.662.716,00 |
711.578,59 |
9.374.294,59 |
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Total |
43.000.000,00 |
43.000.000,00 |
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La distribución prevista en la orden de convocatoria para la anualidad 2025 no sufrió modificación.
Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes.
Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2024
Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación y Cualificación para el Empleo
