De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se da publicidad de la siguiente resolución de modificación de encomienda con las siguientes características:
– Resolución de 25 de septiembre de 2024, del conselleiro de Sanidad y presidente del Servicio Gallego de Salud, por la que se modifica la Resolución de 18 de abril de 2023 por la que se encomendaba a la Agencia Gallega de Infraestructuras la preparación, selección de contratista y adjudicación de los contratos relativos a las obras del nuevo Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña y a la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. la gestión de diversas actuaciones de carácter técnico en relación con dichas obras.
– Actividad:
A las actuaciones encomendadas a la SPI Galicia, S.A. en la condición segunda de la encomienda que se modifica se añaden las siguientes:
1. La gestión de las diversas actuaciones de carácter técnico en relación con los trabajos de supervisión de la documentación relativa a las instalaciones del proyecto del nuevo CHUAC y de la elaboración de un modelo de funcionamiento del edificio en caso de incendio, así como actuar como órgano de contratación en la contratación de los servicios que sean necesarios para cumplir el objetivo de la encomienda.
2. El asesoramiento en relación con la normativa vigente exigible tanto técnica como de contratos relativo a la documentación de las instalaciones del proyecto del nuevo CHUAC.
3. La redacción de un informe inicial de análisis y propuestas de revisión relativas a la documentación de las instalaciones del proyecto del nuevo CHUAC.
4. La revisión final del proyecto y documentos relacionados con las instalaciones del proyecto del nuevo CHUAC.
5. La redacción del informe final de aprobación de las instalaciones contenidas en el proyecto del nuevo CHUAC.
– Naturaleza y alcance de las funciones encomendadas: el encargo tiene naturaleza de encomienda intersubjetiva a medio propio, según lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, y en los artículos 9 y 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, al tener la Agencia Gallega de Infraestructuras y la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. la consideración de medios propios y servicios técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
– Financiación: la realización de las actividades y/o actos y negocios jurídicos necesarios para la ejecución de esta encomienda de gestión por parte de la Agencia Gallega de Infraestructuras y la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A. se efectuará a título gratuito, sin que exista retribución o tarifa.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2024
Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad
