DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Lunes, 7 de octubre de 2024 Pág. 53712

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Boiro (expediente IN407A 2023/162-1).

Expediente: IN407A 2023/162-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: modificado 1 de LMTS, CTC y RBTS Portomouro.

Ayuntamiento: Boiro.

Hechos:

1. Por Resolución de 20 de marzo de 2024, de la entonces denominada Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, se concedió la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Boiro según el proyecto denominado LMTS, CTC y RBTS Portomouro.

El 28.3.2024 UFD Distribución Electricidad, S.A., como promotora de las instalaciones autorizadas, solicita la autorización de una modificación del diseño de la instalación previamente autorizado, según el proyecto de ejecución denominado modificado 1 de LMTS, CTC y RBTS Portomouro.

Se mantiene la finalidad del proyecto de mejorar la calidad del suministro en la zona, mientras que el objeto del modificado 1 es trasladar los cambios originados por el cambio de situación del CT Abanqueiro (IN407A 2022/060-1) al diseño del proyecto.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado modificado 1 de LMTS, CTC y RBTS Portomouro, firmado el día 18.3.2024 por Antonio Javier Sabín Vázquez, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº colegiado 2.233. El documento presentado comprende la totalidad de la instalación.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Servicios de Urbanismo y de Patrimonio Cultural de A Coruña y Ayuntamiento de Boiro. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.

4. El día 6 de septiembre de 2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación.

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas.

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar de Portodemouro, parroquia de Abanqueiro, en el ayuntamiento de Boiro, y sus características técnicas son las siguientes:

– Instalación de un centro de transformación prefabricado compacto maniobra exterior de 250 kVA, con una relación de transformación de 20.000/400 V.

– Nueva línea eléctrica subterránea de media tensión a 20 kV, con una longitud de 1.243 m, con origen en el empalme por realizar en la LMTS BOI802, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, y final en celda de línea en el CT Abanqueiro (IN407A 2022/060-1) después de hacer entrada y salida en el CT proyectado.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de la construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 9 de septiembre de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña