DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 8 de octubre de 2024 Pág. 53800

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

ACUERDO de 27 de septiembre de 2024, del Departamento Territorial de Pontevedra, por el que se someten a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción relativas a las instalaciones del parque eólico Coto de Lobos, emplazado en los ayuntamientos de As Neves y Salvaterra de Miño de la provincia de Pontevedra (expediente IN408A 2021/007).

Se someten a información pública las solicitudes relacionadas con las instalaciones que se describen a continuación, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y demás normas vigentes de aplicación.

Solicitante: Parque Eólico Cadaval y Ventoso, S.L.

Denominación del proyecto: Parque Eólico Coto de Lobos. Junio 2024.

Ayuntamientos afectados: As Neves y Salvaterra de Miño (Pontevedra).

Potencia a instalar: 42 Mw.

Número de aerogeneradores que se van a instalar: 6.

Producción neta anual estimada: 116.024 (Mwh/año).

Presupuesto total (ejecución material): 37.954.631,27 €.

Coordenadas de la poligonal de delimitación:

Punto

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

1

547.517,00

4.666.295,00

2

550.000,00

4.666.295,00

3

550.000,00

4.661.410,00

4

547.517,00

4.661.410,00

Coordenadas de los aerogeneradores:

Aerogenerador

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Ayuntamiento

CL-01

548.090,00

4.665.995,00

As Neves

CL-02

548.352,00

4.665.570,00

As Neves

CL-04

548.788,00

4.663.865,00

As Neves

CL-05

548.743,00

4.664.305,00

As Neves

CL-06

548.822,00

4.663.328,00

As Neves

CL-07

548.965,00

4.662.491,00

As Neves

Coordenadas de la subestación (As Neves):

Vértices de la envolvente

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

Centro

548.360,36

4.661.453,21

1

548.327,20

4.661.468,32

2

548.390,01

4.661.491,98

3

548.413,78

4.661.428,85

4

548.376,39

4.661.414,77

5

548.367,38

4.661.438,71

6

548.341,95

4.661.429,14

Características técnicas recogidas en el proyecto:

– Seis (6) aerogeneradores tripala de 7 Mw de potencia nominal unitaria, modelo Siemens Gamesa SG 170-7.0MW o similar, de 170 m de diámetro de rotor y una altura de buje de 135 m.

– Seis (6) centros de transformación de potencia nominal aparente de 7.500 kVA, grupo de conexión Dyn 11 y tensión 0,690/30 kV, situados en el interior de los aerogeneradores.

– Dos (2) líneas subterráneas de 30 kV para conectar los aerogeneradores entre sí y con la subestación colectora del parque 30/132 kV. El circuito 1 está formado por los aerogeneradores CL-01, CL-02, CL-05 y el circuito 2 está integrado por los aerogeneradores CL-04, CL-06 e CL-07, ambos con conductores tipo RHZ1 2OL(S) 18/30 kV Al + H16 y sección variable.

Se instalará por la misma zanja la red de tierra (constituida por conductor desnudo de cobre de 50 mm2) y el conductor de fibra óptica para comunicaciones.

– La subestación de transformación 30/132 kV está compuesta por:

• Dos (2) posiciones de línea de 132 kV con equipo de protección y medida.

• Una (1) posición de trafo de 132 kV con equipos necesarios de protección y medida.

• Un (1) transformador de 40/50 MVA ONAN/ONAF, de relación de transformación 132/30 kV y regulación en carga.

• Una (1) posición de medida de tensión en barras de 132 kV.

• Una (1) posición de servicios auxiliares en barras de 132 kV.

• Una (1) reactancia de puesta a tierra de 30 kV, con limitación de corriente a 500 A, 30 s.

• Una (1) posición de transformador de 30 kV.

• Dos (2) posiciones de línea de 30 kV para la conexión de los aerogeneradores.

• Una (1) posición de batería de condensadores de 30 kV.

• Una (1) posición de transformador de servicios auxiliares y medida de tensión en barras de 30 kV.

• Un transformador de servicios auxiliares 30/0,420 kV de 50 kVA.

Desde esta subestación se proyecta una línea de interconexión en 132 kV con entrada-salida con la LAT 132 kV Salvaterra-Frieira (no objeto de este proyecto).

– Línea de interconexión del parque eólico Coto de Lobos con la línea Salvaterra-Frieira 132 kV. Será una línea de 132 kV en aéreo, con doble circuito con conductor LA-280 dúplex y doble cable de guardia OPGW2...48F.O. Tendrá una longitud de 1.456 m y contará con 6 apoyos. Con respecto al apoyo de entronque, se instalará un nuevo apoyo en el entorno del ya existente C1 FRI SAL 132 (68), no objeto de este proyecto.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación es la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Constituyen objeto de información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, y el estudio de impacto ambiental.

Documentación que se expone:

– Proyecto de ejecución del parque eólico Coto de Lobos (junio 2024), firmado el 27.6.2024 por el ingeniero industrial Jorge Núñez Ares, colegiado número 1102 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia.

– Estudio de impacto ambiental. Junio 2024.

Por lo expuesto, los referidos proyectos se hacen públicos para el conocimiento general, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que consideren oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias del Departamento Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático de Pontevedra (avenida Mª Victoria Moreno, 43, 4º, 36071 Pontevedra, teléfono 986 80 52 51), desde las 9.00 a las 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (plaza de la Constitución, 1, 36450 O Castelo, Pontevedra) y en el ayuntamiento de As Neves (plaza de la Cristiandad, 1, 36440 As Neves, Pontevedra).

Además, también se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático a través del siguiente enlace:

https://medioambiente.xunta.gal/enerxias-renovables/documentos-exposicion-publica

Pontevedra, 27 de septiembre de 2024

Nicolás Lorenzo Montes
Director territorial de Pontevedra