En el Diario Oficial de Galicia núm. 145, de 29 de julio de 2024, se publicó la Orden de 16 de julio de 2024 de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud con las bases reguladoras de las subvenciones a entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024 (código de procedimiento BS508E).
De acuerdo con el artículo 18 de dicha orden, la resolución del procedimiento de ayuda, previa fiscalización de la propuesta, haciendo uso de las competencias conferidas en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde a la directora general de Juventud, por delegación de la persona titular de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.
Asimismo, el artículo 20 de la misma orden establece que se publicará en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.
Tras la instrucción del procedimiento, con fecha 4 de octubre de 2024 el órgano competente emitió la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de las subvenciones para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de concesión de 4 de octubre de 2024, para el procedimiento BS508E, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, como anexo de esta resolución.
Segundo. Comunicar que la Resolución de 4 de octubre de 2024 agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades beneficiarias dispondrán para su aceptación de un plazo de 10 días, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido este sin que se produjera manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2024
Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud
ANEXO
Resolución de 4 de octubre de 2024, dictada en el procedimiento BS508E, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024
Con fecha 29 de julio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 145 la Orden de 16 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024 (código de procedimiento BS508E).
El artículo 9 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Finalizado el plazo, después de analizar la documentación, con fecha de 23 de septiembre de 2024 y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de dicha orden de convocatoria, se reunió la comisión evaluadora para analizar las solicitudes de ayuda y valorar los proyectos presentados por las entidades de acción voluntaria y las entidades locales, así como para elaborar el correspondiente informe en el que figuran las entidades con proyectos valorados.
Emitido el informe con la valoración de los proyectos presentados, el Servicio de Voluntariado y Participación, órgano instructor del procedimiento, emitió, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la orden de convocatoria, la propuesta de resolución con fecha 3 de octubre de 2024.
Vista la propuesta de resolución y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden de 16 de julio de 2024,
RESUELVO:
Primero. Conceder la ayuda a las entidades locales propuestas en el anexo I, al amparo de la Orden de 16 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024.
Esta concesión resulta de aplicación de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 de las bases reguladoras, por un importe total de 87.360,00 €, para entidades locales, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.05.312F.460.0.
Segundo. Conceder la ayuda a las entidades de acción voluntaria propuestas en el anexo II, al amparo de la Orden de 16 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024.
Esta concesión resulta de aplicación de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 de las bases reguladoras, por un importe total de 148.145,20 €, para entidades de acción voluntaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.05.312F.481.0.
De la cuantía prevista para entidades locales se reserva un 15 % para las solicitudes presentadas conjuntamente.
Tercero. Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 16 de julio de 2024 y, especialmente, a las establecidas en el artículo 26.
La justificación de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria.
Asimismo, el pago de las ayudas se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la convocatoria.
Cuarto. Denegar las solicitudes que se relacionan en el anexo III, con indicación de la causa concreta que motivó la denegación.
Quinto. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2024. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud, P.D.( Artículo 18 y disposición adicional segunda de la Orden de 16.7.2024), Lara del Carmen Meneses Álvarez,Directora general de Juventud.
ANEXO I
Ayudas concedidas a entidades locales
Concesiones individuales:
|
Nº |
Nº exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Puntuación |
Presupuesto concedido |
|
1 |
2024/006 |
Ayuntamiento de Vedra |
P1509000D |
A Coruña |
67,75 |
20.140,00 € |
|
2 |
2024/007 |
Ayuntamiento de San Xoán de Río |
P3207100C |
Ourense |
75,25 |
15.000,00 € |
|
3 |
2024/002 |
Ayuntamiento de Nogueira de Ramuín |
P3205300A |
Ourense |
52,35 |
15.000,00 € |
|
4 |
2024/010 |
Ayuntamiento de Vilar de Barrio |
P3209000C |
Ourense |
50,00 |
3.100,00 € |
|
5 |
2024/017 |
Ayuntamiento de Mos |
P3603300I |
Pontevedra |
63,50 |
9.120,00 € |
|
6 |
2024/015 |
Ayuntamiento de Ponteareas/Oficina Municipal de Voluntariado |
P3604200J |
Pontevedra |
58,00 |
25.000,00 € |
|
Total |
87.360,00 € |
|||||
ANEXO II
Ayudas concedidas a entidades de acción voluntaria
|
Nº |
Nº exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Puntuación |
Presupuesto concedido |
|
1 |
2024/016 |
Escuela de Tiempo Libre Colaxe |
G10818920 |
A Coruña |
68,75 |
18.000,00 € |
|
2 |
2024/014 |
Fundación Ronsel |
G15752660 |
A Coruña |
61,39 |
15.000,00 € |
|
3 |
2024/008 |
Federación de Centros Juveniles Don Bosco de Galicia |
G15450828 |
A Coruña |
57,00 |
15.000,00 € |
|
4 |
2024/013 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
A Coruña |
52,50 |
10.992,00 € |
|
5 |
2024/018 |
Asociación Pratodo |
G27505916 |
Lugo |
81,23 |
17.000,00 € |
|
6 |
2024/012 |
Valoresc Innovation |
G70377585 |
Ourense |
76,00 |
25.000,00 € |
|
7 |
2024/003 |
Asociación Cultural, Social, Ecolóxica e Económica Os Tres Reinos |
G32345274 |
Ourense |
75,50 |
25.000,00 € |
|
8 |
2024/001 |
Asociación Limisi, para la promoción de las personas con diversidad funcional de la comarca de A Limia |
G32302671 |
Ourense |
71,44 |
15.000,00 € |
|
9 |
2024/005 |
Asociación para el Desarrollo Educativo y Cultural, ADEC |
G94153053 |
Pontevedra |
67,75 |
7.153,20 € |
|
Total |
148.145,20 € |
|||||
ANEXO III
Solicitudes denegadas
Denegadas entidades locales:
|
Nº |
Nº exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Motivo de la denegación |
|
1 |
2024/009 |
Ayuntamiento de Boborás |
P3201400C |
Ourense |
Entidad no inscrita en el RAV |
|
2 |
2024/011 |
Ayuntamiento de Larouco |
P3203900J |
Ourense |
Entidad no inscrita en el RAV |
|
3 |
2024/019 |
Ayuntamiento de A Veiga |
P3208400F |
Ourense |
Solicitud presentada fuera de plazo |
Denegadas entidades de acción voluntaria:
|
Nº |
Nº exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Motivo de la denegación |
|
1 |
2024/004 |
Asociación Esgaia Inserta |
G16918641 |
Ourense |
No alcanzar la puntuación requerida |
