DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Lunes, 4 de noviembre de 2024 Pág. 58710

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Lalín

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan especial de infraestructuras y dotaciones (PEID) para la ampliación del sistema general de equipamiento SG-EQ.4 (área deportiva Lalín-Arena).

Conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la LSG, se hace público que el Pleno de la corporación, en sesión de 25 de octubre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo (expediente 1033/2022):

Primero. Desestimar expresamente las alegaciones presentadas con el fundamento que a continuación se indica:

1. Arbitrariedad en la decisión de ampliar un equipamiento deportivo deficitario. No existen razones de interés general que justifiquen la aprobación del Plan especial.

El Ayuntamiento de Lalín tiene dentro de sus competencias propias en materia de urbanismo, establecidas en el artículo 25 de la LBRL, el planeamiento, la gestión, la ejecución y la disciplina urbanística; así como la infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad. En desarrollo de estas competencias propias y con la finalidad de mejorar y ampliar la dotación de equipamientos deportivos municipales atendiendo a demandas sociales reales, por cuanto las actuales instalaciones del Lalín-Arena están plenamente utilizadas por usuarios, entidades y equipos deportivos, el Ayuntamiento consideró necesario proceder a la ampliación de las mismas, en particular, con la creación de una pista de atletismo homologada al aire libre y el aumento del número de las actuales pistas de pádel en su entorno inmediato, con el uso de las áreas comunes de servicios existentes.

El Plan especial no afecta a la clasificación urbanística del suelo, manteniéndose como suelo rústico, y habiéndose solicitado las autorizaciones o informes de los órganos sectoriales correspondientes.

Asimismo, contiene las determinaciones establecidas en el artículo 73 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, e incorpora un estudio económico y memoria de viabilidad económica de la actuación urbanística (06_ee_estudio económico y memoria de viabilidad económica).

2. Nulidad del Plan especial al no prever su adecuada integración en el territorio, generando problemas en el sistema viario por la falta de ejecución del sector contiguo.

La ordenación propuesta del Plan especial establece la adecuada integración de esta actuación urbanística en el territorio. Las medidas propuestas hasta la finalización del desarrollo del ámbito y de los terrenos colindantes incluidos en el sector del suelo urbanizable SUE-3 Circunvalación permiten la conexión e integración con los sistemas generales municipales existentes, manteniéndose mientras tanto el actual acceso viario a las instalaciones deportivas del Lalín-Arena.

3. Insostenibilidad económica del Plan especial.

El Plan especial incorpora la evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización, incluyendo la conexión a los sistemas generales, conforme a lo establecido en el artículo 184.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. También incluye, dentro del estudio económico, una memoria de viabilidad económica según lo establecido en el artículo 22.5 del Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana, teniendo en consideración el carácter de dotación pública de la actuación que no pretende una rentabilidad económica con su desarrollo sino la prestación por la Administración de servicios públicos al ciudadano. Asimismo, se acompaña de un informe de sostenibilidad económica, con la cuantificación de los costes de mantenimiento por la puesta en marcha y la prestación de los servicios públicos necesarios, valorándose el impacto de la actuación en la Hacienda local.

El Plan especial contiene una estimación inicial de los costes de obtención del suelo e indemnizaciones considerando la condición de suelo rústico del ámbito, pendiente de la valoración que resulte del correspondiente proyecto de expropiación.

Segundo. Aprobar definitivamente el Plan especial de infraestructuras y dotaciones (PEID). Ampliación del sistema general de equipamiento SG-EQ.4 (área deportiva Lalín-Arena).

Tercero. Procédase a continuar con la tramitación del presente expediente de conformidad con la normativa vigente en la materia.

En la siguiente dirección electrónica figura el contenido íntegro del plan a disposición del público: www.lalin.gal

Una vez publicado el acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, se remitirá a la consellería competente en materia de urbanismo la documentación exigida por el artículo 88.3 de la LSG, a los efectos de inscribir el documento en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia. Después de que conste la inscripción en el registro, se procederá a publicar la normativa en el Boletín Oficial de la provincia.

Contra ese acuerdo se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.

Lalín, 25 de octubre de 2024

El alcalde
P.D. (Decreto Alcaldía de 7.7.2023, BOP de 14 de julio)
Pablo Areán González
Concejal de Urbanismo