En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público; en el artículo 48.4 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia; en el 5 del Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración local; en el 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, y en el 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se hace público el Decreto del alcalde 1020/2024, de 11 de octubre, por el que se corrigen los errores detectados en el Decreto 753/2024, de 9 de agosto, por el que se aprobó la modificación 1 de la oferta de empleo público extraordinaria del año 2022 para la estabilización del empleo temporal:
«Antecedentes administrativos.
Primero. Mediante Decreto del alcalde 753/2024, de 9 de agosto, se aprobó la modificación número 1 de la oferta de empleo público extraordinaria para el año 2022 para procesos de estabilización del empleo temporal con la inclusión de 21 plazas, a mayores de las ya incluidas en la oferta extraordinaria aprobada por el Decreto del alcalde 330/2022, de 19 de mayo (corrección de errores mediante el Decreto 600/2022, de 8 de septiembre), por considerarlas de naturaleza estructural y estar ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Segundo. Esta modificación 1 fue publicada en el tablón electrónico y en el de la casa consistorial y en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña, número 159, el 20 de agosto de 2024, y en el Diario Oficial de Galicia número 172 el 6 de septiembre de 2024.
Tercero. Con posterioridad se detectan los siguientes errores en la identificación del grupo de cuatro plazas de personal laboral fijo, concretamente:
• En la plaza número 16 de psicóloga del Centro de Información a la Mujer y apoyo a los servicios sociales, dado que el grupo no es A2 (reservado a personal funcionario), sino su equivalente para el personal laboral: el II.
• En la plaza número 17 de dirección y asesoría jurídica del Centro de Información a la Mujer, dado que el grupo no es A1 (reservado a personal funcionario), sino su equivalente para el personal laboral: el I.
• En la plaza número 18 de técnico/a informático/a responsable del Aula de Informática y del Centro de Modernización e Inclusión Tecnológica, dado que el grupo no es B (reservado a personal funcionario), sino su equivalente para el personal laboral: el X.
• En la plaza número 19 de auxiliar de enfermería de centro de salud, dado que el grupo no es C1 (reservado a personal funcionario), sino su equivalente para el personal laboral: el III.
Cuarto. Se detecta también un error en la identificación de la jornada de la plaza número 20 de personal laboral fijo denominada «limpiador/a de centro de salud», dado que no es a tiempo completo sino de 20 horas a la semana.
Fundamentos de derecho.
Primero. Considerando que el artículo 109.2. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recoge que «Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
Segundo. Considerando que el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL), atribuye al alcalde la competencia para la aprobación de la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
RESUELVO:
Primero. Corregir el apartado primero del Decreto del alcalde 753/2024, de 9 de agosto, por el que se aprueba la modificación 1 de la oferta de empleo público extraordinaria de 2022 para procesos de estabilización del empleo temporal, como consecuencia de los errores detectados en las plazas de personal laboral fijo números 16, 17, 18, 19 y 20, de tal manera que donde dice:
|
«Personal laboral fijo |
|
Núm. |
Denominación |
Grupo |
Jornada |
Ocupada temporal y ininterrumpidamente desde |
Procedimiento de acceso |
|
16 |
Psicóloga del Centro de Información a la Mujer y apoyo a los servicios sociales |
A2 |
Parcial |
12.7.2001 |
Concurso |
|
17 |
Dirección y asesoría jurídica del Centro de Información a la Mujer |
A1 |
Parcial |
15.3.2016 |
Concurso-oposición |
|
18 |
Técnica informática responsable del Aula de Informática y del Centro de Modernización e Inclusión Tecnológica |
B |
Completa |
5.9.2002 |
Concurso |
|
19 |
Auxiliar de enfermería de centro de salud |
C1 |
Completa |
14.1.2000 |
Concurso |
|
20 |
Limpiador/a de centro de salud |
V |
Completa |
3.8.2000 |
Concurso» |
Debe decir:
|
«Personal laboral fijo |
|
Núm. |
Denominación |
Grupo |
Jornada |
Ocupada temporal e ininterrumpidamente desde |
Procedimiento de acceso |
|
16 |
Psicólogo/a del Centro de Información a la Mujer y apoyo a los servicios sociales |
II |
Parcial |
12.7.2001 |
Concurso |
|
17 |
Dirección y asesoría jurídica del Centro de Información a la Mujer |
I |
Parcial |
15.3.2016 |
Concurso-oposición |
|
18 |
Técnico/a informática responsable del Aula de Informática y del Centro de Modernización e Inclusión Tecnológica |
X |
Completa |
5.9.2002 |
Concurso |
|
19 |
Auxiliar de enfermería de centro de salud |
III |
Completa |
14.1.2000 |
Concurso |
|
20 |
Limpiador/a de centro de salud |
V |
Parcial |
3.8.2000 |
Concurso» |
Tercero. Hacer pública la presente resolución mediante la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, en el Diario Oficial de Galicia, en el tablón electrónico y en el tablón de la casa consistorial y comunicarla a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cuarto. Dar traslado de la presente resolución a la Intervención municipal y a los representantes del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Padrón.
Quinto. Notificar la presente resolución a todas las personas interesadas, con la indicación de que pone fin a la vía administrativa y de que contra ella se podrá interponer:
– Potestativamente, el recurso de reposición, en el plazo máximo de un mes desde el día de recepción de la notificación de la presente resolución, ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado.
– Con posterioridad a la resolución expresa o presunta del recurso de reposición, o bien directamente, se podrá interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día de recepción de la notificación de la presente resolución.
– El recurso extraordinario de revisión, según lo previsto en el artículo 113 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro que estime procedente.
Padrón, 13 de octubre de 2024
Anxo Rei Arca
Alcalde
