Antecedentes:
Corresponde al Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS) la realización de la política de suelo y vivienda de la Xunta de Galicia a fin de garantizar los derechos constitucionales a una vivienda digna y adecuada, especialmente para los sectores con menos capacidad económica, y a una utilización del suelo de acuerdo con el interés general, erradicando la especulación y actuando como elemento de regulación del mercado inmobiliario y de mejora de la calidad ambiental, tal y como se establece en el artículo 3 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
La urbanización de suelo residencial de San Paio de Navia, en Vigo, incluida en el PGOU de 1993, se inició con la firma, el 30 de enero de 1992, de un convenio entre el IGVS y el Ayuntamiento de Vigo con el objetivo de generar suelo destinado a la construcción de viviendas acogidas a algún régimen de protección pública. El IGVS es promotor del polígono de San Paio de Navia, en Vigo, en virtud de ese convenio. La superficie total del ámbito es de 728.069 m2.
El Plan parcial que establecía la ordenación detallada de la totalidad del sector se aprobó definitivamente el 3 de junio de 1996 por el Pleno del Ayuntamiento de Vigo (DOG núm. 207, de 22 de octubre).
Esta aprobación llevaba implícita la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, instalaciones y servicios previstos, así como la necesidad de ocupación, a los efectos de expropiación de los bienes y derechos necesarios para su ejecución.
En base a la ordenación establecida en dicho plan parcial, se urbanizó la primera fase del ámbito, de 463.933 m2 de superficie, en la que se construyeron 3.732 viviendas protegidas, 384 de ellas promovidas por el IGVS como viviendas de promoción pública (de las que 35 fueron cedidas al Ayuntamiento).
Finalizada esta primera fase de urbanización y edificada la práctica totalidad de las parcelas correspondientes, quedaba por desarrollar el resto del suelo pendiente de urbanizar dónde se prevé la construcción de unas 1.599 viviendas.
Para el desarrollo de esta fase de urbanización, el IGVS consideró conveniente modificar la ordenación contemplada en el Plan parcial original, ya modificado puntualmente mediante la modificación puntual primera del Plan parcial, aprobada el 25 de abril de 2005 por el Pleno del Ayuntamiento de Vigo. Con esta finalidad, el IGVS encargó la redacción de una segunda modificación del Plan parcial de mayor alcance, pues modificaba completamente la ordenación inicial.
Esta modificación segunda del Plan parcial de San Paio de Navia fue aprobada definitivamente por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Vigo el 29 de julio de 2020 (DOG núm. 183, de 9 de septiembre).
En la segunda modificación puntual del Plan parcial se tuvieron en cuenta las exigencias municipales referentes al abastecimiento y saneamiento del sector recogidas en los diferentes informes técnicos municipales. En particular, de acuerdo con el informe de viabilidad funcional de las infraestructuras necesarias, ref. 199/403 de 13.10.2014, se reforzarán las conexiones a la red municipal de abastecimiento, en la calle Europa y en el camino de San Paio; y se reforzará también el colector de descarga del polígono S-72-R, en la calle Ricardo Mella.
La segunda modificación puntual del Plan parcial contempla la división de los terrenos pendientes de urbanizar en tres polígonos de actuación, cada uno de ellos a desarrollar, de manera independiente, por el sistema de expropiación.
El proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución del polígono número 1 del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo) y, consecuentemente, la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, fue aprobado definitivamente por resolución de la Dirección General del IGVS el 26 de noviembre de 2021 (DOG núm. 239, de 15 de diciembre).
A la vista de las previsiones contenidas de la modificación segunda del Plan parcial de San Paio de Navia, la Junta del Gobierno Local de Vigo, en sesión ordinaria de 31 de marzo de 2023, aprobó definitivamente el proyecto de urbanización del polígono 1 del Plan parcial de San Paio de Navia (Vigo). En el referido proyecto se contempla la ejecución de las redes interiores de saneamiento pluvial y residual junto con las conexiones exteriores a las redes existentes en la etapa I. Además, ya que la urbanización permitirá la construcción de vivienda nueva con el consiguiente aumento de los caudales residuales, se prevé el refuerzo del colector de descarga del sector S-72-R en la avenida Ricardo Mella (actualmente de PVC-600 mm), a partir de la rotonda SO bajo la VG-20, conectando el colector del camino do Xuncal (700 mm de diámetro) hasta la descarga en el margen derecho del río Lagares, siendo la nueva sección circular del colector de 1.000 mm de diámetro.
Las obras del proyecto de urbanización del polígono 1, fases A y B, del Plan parcial de San Paio de Navia, Vigo, comenzaron el 15 de noviembre de 2023 con la firma del acta de replanteo y autorización de inicio de obra.
A fin de poder ejecutar los trabajos de reposición del tramo de conexión exterior del colector de aguas residuales indicado, resulta necesario obtener los derechos necesarios sobre los terrenos para su instalación, situados en el exterior del ámbito de los nuevos polígonos de urbanización. Para la reposición del colector se delimitó un ámbito afectado en que se constituirá una servidumbre permanente a lo largo del trazado de la conducción y que ocasiona una serie de limitaciones e imposiciones. Asimismo, se define un ámbito de ocupación temporal de los terrenos necesarios por el período de ejecución de las obras. Las parcelas, afectadas parcialmente, ascienden a un total de 8.
El 2 de octubre de 2024, la Dirección General del IGVS resolvió la adjudicación del contrato del servicio de redacción del proyecto de expropiación, por el procedimiento de tasación conjunta, para la reposición del colector de aguas residuales en Navia, Vigo, a la empresa Estudio Técnico Gallego, S.A.
El 25 de octubre de 2024, la empresa Estudio Técnico Gallego presenta, a través del registro electrónico del IGVS, para su tramitación, el proyecto de expropiación (tasación conjunta) para la reposición del colector exterior de aguas residuales del proyecto de urbanización del polígono 1 del Plan parcial de Navia. En la citada expropiación actúa como Administración expropiadora y como beneficiario el IGVS.
El proyecto fue informado favorablemente por la Oficina Técnica de Suelo del IGVS el 29 de octubre de 2024.
Consideraciones legales:
Primera. El procedimiento del expediente expropiatorio para la reposición del colector exterior de aguas residuales de los proyectos de urbanización del Plan parcial de Navia se inicia en virtud de la aprobación definitiva de la segunda modificación del Plan parcial de Navia, de conformidad con los artículos 117.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 290.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, en los que se establece que la expropiación se aplicará por polígonos completos y abarcará todos los bienes y derechos en los mismos incluidos.
Segunda. El IGVS goza de potestad expropiatoria forzosa, en virtud del artículo 4.2 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del IGVS.
Tercera. Se trata de una expropiación urbanística y, como tal, regulada en la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia; en el Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana, y en el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016.
Cuarta. El artículo 85 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, establece que la aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados para los fines de la expropiación o imposición de servidumbres.
Quinta. El expediente se formula por el procedimiento de tasación conjunta y de acuerdo con el dispuesto en los artículos 117 y 118 de la Ley 2/2016; 42 y siguientes del Real decreto legislativo 7/2015 y 290 y siguientes del Decreto 143/2016.
Sexta. A los efectos de fijación del justiprecio, su pago a las personas propietarias y la ocupación de los predios afectados, se confeccionó el oportuno expediente, de acuerdo con la normativa previamente citada. Este expediente de tasación conjunta tiene por objeto la expropiación por el IGVS de los bienes y derechos necesarios para poder ejecutar la reposición del colector indicado, para lo que resulta necesario obtener los terrenos para su instalación.
Para la reposición del colector se delimitó un ámbito afectado en que se constituirá una servidumbre permanente a lo largo del trazado de la conducción y que ocasiona una serie de limitaciones e imposiciones. Asimismo, se define un ámbito de ocupación temporal de los terrenos necesarios por el período de ejecución de las obras.
Séptima. La persona titular de la Dirección General del IGVS es el órgano competente para firmar la presente resolución, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.2.k) del Decreto 143/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del IGVS.
De conformidad con lo previsto en el artículo 118.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y vista la propuesta de 29 de octubre de 2024 de la Dirección Técnica de Suelo Residencial,
SE ACUERDA:
Primero. Aprobar inicialmente el proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta para la reposición del colector exterior de aguas residuales de los proyectos de urbanización del Plan parcial de Navia.
Segundo. Someter a información pública por el plazo de un mes, mediante inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor circulación en la provincia, el citado proyecto de expropiación forzosa, para que aquellas personas que puedan resultar interesadas formulen las observaciones y reclamaciones que juzguen convenientes, en particular, en lo que concierne a la titularidad, bienes o valoración de sus respectivos derechos.
Asimismo, se dará audiencia al Ayuntamiento de Vigo y se notificará al Ministerio Fiscal y a la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda y, a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publicará en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado.
Igualmente, el expediente estará expuesto por plazo de un mes a disposición de las personas interesadas en el Ayuntamiento de Vigo y en las oficinas del Área Provincial del IGVS en Pontevedra, sitas en la calle Alcalde Hevia, 7, Pontevedra, de 9.00 a 14.00 horas, además de la página web del IGVS https://igvs.xunta.gal/
Durante dicho plazo, todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas dirigidas al Área Provincial del IGVS en Pontevedra, en la dirección calle Alcalde Hevia, 7, 36071 Pontevedra, así como en los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Notificar individualmente las valoraciones a las personas que aparecen como titulares de bienes y derechos en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de justiprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación.
Se incorpora como anexo la relación inicial de titulares, bienes y derechos afectados.
Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2024
Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo
ANEXO I
Relación inicial de titulares, bienes y derechos afectados por la reposición
del colector exterior de las aguas residuales de los proyectos de urbanización
del Plan parcial de Navia, Vigo
|
Nº finca |
Titular |
Referencia catastral |
Superficie total (m2) |
Superficie afectada (m2) |
|
|
Ocupación temporal |
Servidumbre |
||||
|
1 |
Pablo Alonso Costas María Luisa Monroy Chouza |
0227942NG2702N0001TQ |
587 |
155 |
155 |
|
2 |
Inés Costas Costas |
0227941NG2702N0001LQ |
587 |
0 |
290 |
|
3 |
Cacola |
0227999NG2702N0001GQ |
959 |
119 |
369 |
|
4 |
María Elena Costas Alonso |
0227998NG2702N0001YQ |
463 |
63 |
11 |
|
5 |
Manuel Mouriño Barros |
0227991NG2702N0001SQ |
600 |
120 |
0 |
|
6 |
Concepción López Táboas herd. de Serafín Mouriño Novas Manuel Mouriño Barros herd. de Otilia Barros Oya |
0227990NG2702N0001EQ |
645 |
143 |
0 |
|
7 |
Manuel Mouriño Barros Concepción López Táboas |
0227992NG2702N0001ZQ |
727 |
32 |
0 |
|
8 |
Distribuciones Daser, S.L. |
0227987NG2702N0001EQ |
2.126 |
8 |
0 |
