DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 11 de noviembre de 2024 Pág. 59473

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 31 de octubre de 2024 por la que se amplían el período de desarrollo de las actuaciones subvencionables y el plazo de justificación previstos en la Orden de 24 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a federaciones deportivas de Galicia para el desarrollo del Plan Corresponsables a través de la realización de actividades de animación sociodeportiva, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento DE402B).

En el Diario Oficial de Galicia número 107, de 4 de junio, se publicó la Orden de 24 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a federaciones deportivas de Galicia, para el desarrollo del Plan Corresponsables a través de actividades de animación sociodeportiva, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento DE402B). En dicha convocatoria el crédito presupuestario para financiar estas ayudas quedaba establecido en 1.300.000 €.

Los objetivos esenciales de esta convocatoria son actuar con programas y acciones que incidan directamente en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres fomentando la corresponsabilidad y favoreciendo la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes menores de 16 años inclusive.

Una vez resuelta dicha convocatoria por Resolución de 19 de julio de 2024 (DOG número 147, de 31 de julio), se publicó la Orden de 14 de agosto de 2024 por la que se amplía el crédito de la Orden de 24 de mayo de 2024, que se incrementa en 400.000 €, de manera que el crédito total destinado a financiar esta convocatoria pasó a ser de 1.700.000 €.

Esta ampliación de crédito se distribuyó entre los beneficiarios mediante la Resolución de 3 de septiembre por la que se publica la segunda concesión de las subvenciones, resultante de la Orden de 14 de agosto de 2024 por la que se amplía el crédito de la Orden de 24 de mayo de 2024 (DOG número 173, de 9 de septiembre).

Teniendo en cuenta tanto el incremento de federaciones beneficiarias como de los importes de las subvenciones concedidas y la demanda de los servicios de conciliación más allá del período establecido en la convocatoria, se estima adecuado ampliar en quince días, hasta el 30 de noviembre, el período de desarrollo de las actuaciones subvencionables y también el de presentación de la documentación justificativa, ya que no existe la posibilidad de causar perjuicio a terceros.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), en el cual se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

Primero. Modificar el período de desarrollo de la actuaciones subvencionables que figura en el artículo 1.5 de la Orden de 24 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a federaciones deportivas de Galicia para el desarrollo del Plan Corresponsables a través de la realización de actividades de animación sociodeportiva, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento DE402B), que queda redactado como sigue:

«5. El período de desarrollo de las actuaciones subvencionables será el comprendido entre el 15 de julio y el 30 de noviembre de 2024».

Segundo. Modificar el plazo de justificación que figura en el párrafo primero del artículo 6.1 de la Orden de 24 de mayo de 2024, que queda redactado como sigue:

«1. De acuerdo con el artículo 45 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, la entidad beneficiaria deberá presentar ante la Secretaría General para el Deporte la documentación justificativa de la subvención hasta el 30 de noviembre de 2024».

Tercero. Modificar el párrafo primero del artículo 15.5.III de las bases reguladoras que figuran como anexo I de la Orden de 24 de mayo de 2024, que queda redactado como sigue:

«III. Los documentos justificativos de gastos y pagos deberán de estar fechados en el período comprendido entre la fecha de resolución de esta convocatoria y el 30 de noviembre de 2024».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2024

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes