Por Resolución rectoral de 28 de febrero de 2024 (DOG de 12 de marzo y BOE de 26 de marzo), se convocaron pruebas selectivas para cubrir una plaza de la categoría profesional cocinero/a, grupo IV.1, por el turno de acceso libre.
Mediante Resolución rectoral de 22 de abril de 2024 (DOG de 2 de mayo) se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en las mencionadas pruebas selectivas y se fijó un plazo para subsanar los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo y con arreglo a lo establecido en la base 4.4 de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero. Declarar aprobada y hacer pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las citadas pruebas.
Segundo. Indicar que la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas está expuesta en el tablón electrónico de la USC y en la web: https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Tercero. Convocar a las personas aspirantes admitidas y que no están exentas para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición (pruebas de lengua gallega), el día 19 de diciembre, a las 9.00 horas, en la sala de juntas de la planta baja del edificio Cactus (Campus Vida), Santiago de Compostela.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios la efectuará el tribunal en los locales donde se haya realizado la prueba anterior, en el tablón electrónico de la universidad y en la página web:
https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo de los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2024
Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela
