DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miércoles, 13 de noviembre de 2024 Pág. 59968

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 6 de noviembre de 2024 por la que se modifica la Orden de 7 de febrero de 2024 por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la distribución del fondo adicional al Fondo de Cooperación Local destinado a los ayuntamientos de Galicia con población inferior a 15.000 habitantes, previsto en el artículo 59.cuatro de la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024. Código de procedimiento PR486B (Diario Oficial de Galicia número 32, de 14 de febrero).

Mediante la Orden de 7 de febrero de 2024 se establecieron los criterios y el procedimiento para la distribución del fondo adicional al Fondo de Cooperación Local, previsto en el artículo 59.cuatro de la Ley 9/2023, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024, destinado a ayuntamientos de Galicia con población inferior a 15.000 habitantes, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 32, de 14 de febrero, con código de procedimiento PR486B.

El 17 de julio de 2024, la directora general de Administración Local, por delegación del conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, con base en la disposición final primera de la Orden de 7 de febrero de 2024, resolvió el procedimiento iniciado en virtud de esta orden y asignó las ayudas del fondo a los ayuntamientos beneficiarios por los importes señalados en la misma resolución.

Por su parte, la Dirección General de Planificación y Presupuestos realizó los pagos anticipados de las ayudas por el importe correspondiente al 80 % de la asignación destinada a cada ayuntamiento, en cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 12 de la citada orden reguladora.

En el artículo 13.2 de la misma orden se fija el 15 de noviembre de 2024 como fecha límite para la realización de las inversiones y para la presentación de la documentación justificativa de la aplicación dada a los fondos. A fin de posibilitar la ejecución de los proyectos y el procedimiento de gestión administrativa y presupuestaria que resulte de aplicación, se pretende ampliar hasta el 30 de noviembre el referido plazo de ejecución y justificación de los proyectos financiados por el fondo adicional al Fondo de Cooperación Local previsto en el artículo 59.cuatro de la citada Ley 9/2023, de 28 de diciembre.

Esta ampliación de plazo está amparada en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, según el cual la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de estos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

Con base en todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la Ley 6/2022, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2023, con el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, y con lo dispuesto en la Orden de 7 de febrero de 2024, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la distribución del fondo adicional al Fondo de Cooperación Local destinado a ayuntamientos de Galicia con población inferior a 15.000 habitantes, previsto en el artículo 59.cuatro de la Ley 9/2023, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el artículo 13.2 de la Orden de 7 de febrero de 2024, que queda redactado en los siguientes términos:

«2. La fecha límite para la realización de las inversiones y la presentación de la documentación justificativa de la aplicación dada a los fondos finaliza el 30 de noviembre de 2024».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2024

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes