DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Martes, 19 de noviembre de 2024 Pág. 61018

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 28 de octubre de 2024, del Departamento Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en los ayuntamientos de Vimianzo y Zas (expediente IN407A 2024/218-1).

Expediente: IN407A 2024/218-1.

Solicitante/promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: reglamentación LMT VIM-802 apoyos 24 a 30.

Ayuntamientos: Vimianzo y Zas.

1. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente se encuentran en los lugares de O Tourallo, Braña Branca, Tras da Canteira y Monte Pedrido, en los ayuntamientos de Vimianzo y Zas.

– Retensado del tramo LMTA a 20 kV, de 862 m, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el apoyo nº 9ILB7BXJ//64-24 existente de la LMT VIM802, procedente de la subestación Vimianzo y final en el apoyo nº 9J213268//64-30 existente. Sustitución de los apoyos nº 9I3S74H//64-25, tipo HV-400/12, por tipo C-1000/16; nº 9IPTCII5//64-26, tipo HV 400/12 por tipo C-1000/14, nº 9IRVO5BQ//64-27, tipo HV-400/12 por tipo C-1000/14; y nº 9IUWX8DV//64-28, tipo HV-400/12, por tipo C-1000/16.

2. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se adjunta a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Dirección Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña, calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de la transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria:

https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos, sobre los bienes afectados que hayan sido omitidos.

Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 28 de octubre de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Reglamentación LMT VIM-802 apoyos 24 a 30

Relación de bienes y derechos afectados-ayuntamientos de Vimianzo y Zas

Finca del

proyecto

Persona

propietaria/titular

Referencia catastral

Paraje

Afección de suelo

pleno dominio

Afección de suelo por

servidumbre de paso

de energía eléctrica

Naturaleza

del

terreno

Apoyo núm./CT

Superficie

(m2)

ml. aér.

ml. sot.

m2 aér.

m2 sot.

1

Herederas/os de José Pérez Otero

15093A051011630000QA

O Tourallo-Vimianzo

Apoyo nº 25

2.0

Rústico

2

Herederas/os de Virtudes López Núñez

15094A014000610000TM

Tras da canteira-Zas

Apoyo nº 26

2.0

Rústico

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m².

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada en m2.