La Orden de 27 de diciembre de 2023 (DOG núm. 35, de 19 de febrero de 2024), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, estableció las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, y procedió a su convocatoria para el ejercicio 2024.
La Resolución de 1 de julio de 2024 (DOG núm. 133, de 10 de julio) adjudicó las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral a las entidades que contraten a las personas seleccionadas que se relacionan en su anexo I.
El artículo 20 de las bases de la convocatoria establece que, en el caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción de la relación laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla, mediante escrito motivado de la persona seleccionada, dirigido a la Secretaría General de Universidades o a la Agencia Gallega de Innovación, según corresponda, dentro del plazo máximo de 15 días desde que se produzca, y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes del 30 de septiembre de 2024. En el mismo artículo también se indica que para cubrir estas renuncias se seguirá la prelación de las listas de espera definidas en el artículo 11.7, teniendo en cuenta que solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera del órgano instructor en el que se produzcan y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones y por el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.
En consecuencia, atendiendo a la renuncia recibida en la Agencia Gallega de Innovación,
RESUELVO:
Primero. Aceptar la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral para el año 2024, correspondiente a la persona seleccionada que se relaciona en el anexo I.
Segundo. Adjudicar la ayuda a la entidad y a la persona candidata situada en el primer lugar de la lista de espera de esta convocatoria, que se relaciona en el anexo II.
Tercero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades beneficiarias ajenas al SUG, de acuerdo con la renuncia indicada y la nueva ayuda procedente de la lista de espera, tal como se indica en la siguiente tabla:
|
Aplicación presupuestaria |
Acrónimo entidad* |
Núm. ayudas |
Crédito (en euros) |
|||||
|
2024 |
2025 |
2026 |
2027 |
2028 |
Total |
|||
|
09.A2.561A.403.0 |
IIM-CSIC |
2 |
13.600,00 |
50.800,00 |
60.000,00 |
52.500,00 |
54.300,00 |
231.200,00 |
|
09.A2.561A.443.29 |
FBGS |
2 |
13.600,00 |
50.800,00 |
58.000,00 |
52.500,00 |
54.300,00 |
229.200,00 |
|
09.A2.561A.443.28 |
FIDIS |
5 |
27.200,00 |
123.400,00 |
151.400,00 |
133.133,34 |
131.333,33 |
566.466,67 |
|
09.A2.561A.443.25 |
INIBIC |
3 |
20.400,00 |
76.200,00 |
93.000,00 |
78.750,00 |
81.450,00 |
349.800,00 |
|
Total |
12 |
74.800,00 |
301.200,00 |
362.400,00 |
316.883,34 |
321.383,33 |
1.376.666,67 |
|
La relación de acrónimos de las entidades solicitantes citados en la tabla anterior es la siguiente:
|
Acrónimo |
Denominación completa |
NIF |
|
IIM-CSIC |
Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC |
Q2818002D |
|
FBGS |
Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica Galicia Sur |
G36911972 |
|
FIDIS |
Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela |
G15796683 |
|
INIBIC |
Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC |
G15335219 |
Cuarto. Declarar extinguida la lista de espera al amparo de esta convocatoria.
Quinto. La fecha de comienzo del nuevo contrato será el día 1 de diciembre de 2024 y su duración será de un mínimo de un año y de un máximo de cuatro.
Sexto. La entidad beneficiaria de la nueva ayuda deberá remitir un escrito de aceptación a la Agencia Gallega de Innovación, en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y vinculará a la persona seleccionada al organismo mediante la formalización del correspondiente contrato.
Séptimo. El artículo 16 de las bases de la convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.
Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentase esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 10 días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.
Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Agencia Gallega de Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2024
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades
y Formación Profesional y presidente de la Agencia Gallega de Innovación
P.D. (Artículo 20 de la Orden de 27.12.2023)
Carmen Cotelo Queijo
Directora de la Agencia Gallega de Innovación
ANEXO I
Renuncia a la ayuda concedida
|
Núm. exp. |
Entidad |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
NIF/NIE |
Zona estancia |
Fecha de la renuncia |
|
IN606A-2024/024 |
IIM-CSIC |
Papadopoulo |
- |
Kenn |
****1871* |
3 |
No llegó a firmar el contrato |
ANEXO II
Ayuda de la lista de espera concedida
|
Núm. exp. |
Entidad |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
NIF/NIE |
Zona estancia |
Puntuación |
|
IN606A-2024/016 |
FIDIS |
Fernández |
Ceballos |
María de los Ángeles |
***1220** |
2 |
77,9360 |
