En sesiones que tuvieron lugar los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, el tribunal encargado de calificar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspección turística, nombrado por la Resolución de 12 de agosto de 2024 (DOG núm. 159, de 20 de agosto), en relación con el primer ejercicio,
ACORDÓ:
Primero. Anular, una vez revisadas las reclamaciones presentadas, las siguientes preguntas del primer ejercicio:
• Turno de acceso libre:
– Parte primera del cuestionario de contenido teórico: 23, 33, 40, 65, 68 y 84.
Su lugar, de conformidad con las bases de la convocatoria, pasa a ser ocupado por las preguntas de reserva 123, 124, 125 y 126.
La corrección de esta primera parte del ejercicio se hace sobre un total de 88 preguntas.
– Parte segunda el cuestionario de contenido práctico: 91, 102, 111, 115 y 117.
Su lugar, de conformidad con las bases de la convocatoria, pasa a ser ocupado por las preguntas de reserva 127, 128, 129 y 130.
La corrección de esta segunda parte del ejercicio se hace sobre un total de 29 preguntas.
• Turno de promoción interna:
– Parte primera del cuestionario de contenido teórico: 3, 13, 20, 45, 48 y 64.
Su lugar, de conformidad con las bases de la convocatoria, pasa a ser ocupado por las preguntas de reserva 101, 102, 103 y 104.
– Parte segunda del cuestionario de contenido práctico: 71, 82, 91, 95 y 97.
Su lugar, de conformidad con las bases da convocatoria, pasa a ser ocupado por las preguntas de reserva 105, 106, 107 y 108.
La corrección del ejercicio se hace sobre un total de 97 preguntas.
Asimismo, se acuerda modificar el modelo de corrección de respuestas en las siguientes preguntas:
En el turno de acceso libre, la pregunta número 67, en que es correcta la alternativa b), y la número 118, en que es correcta la alternativa b).
En correspondencia con lo anterior, en el turno de promoción interna, la pregunta número 47, en que es correcta la alternativa b), y la número 98, en que es correcta la alternativa b).
Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones presentadas.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, y por Resolución de 7 de octubre de 2024, de este tribunal, publicada en el tablón de anuncios web corporativo funcionpublica.xunta.gal, por la que se da publicidad a los parámetros para la calificación del primer ejercicio, se estableció que, en el turno de acceso libre, superarán el primer ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que alcancen las mejores puntuaciones, siempre y cuando alcancen el mínimo del 50 % en cada una de las partes, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Si se da el caso de que el número de aspirantes que superaron este ejercicio no es el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes, de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
En el acceso por el turno de promoción interna, superarán el primer ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que alcancen el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Si se da el caso de que el número de aspirantes que superaron este ejercicio no es el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.
Tercero. Realizada la corrección en sesión de 13 de noviembre de 2024, de acuerdo con las normas y criterios anteriores, en el turno de acceso libre alcanzaron la puntuación mínima un total de 9 personas aspirantes, fijándose en el número de respuestas correctas necesarias para alcanzar dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1.1 de la convocatoria: las respuestas incorrectas descuentan un cuarto de una pregunta correcta; las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
Para la obtención de dicho número de personas aptas fue preciso aplicar el criterio subsidiario de porcentaje neto de aprobados señalado del 40 % de respuestas correctas netas en cada uno de los bloques teórico y práctico.
En el turno de promoción interna, alcanzaron la puntuación mínima un total de 3 personas aspirantes, fijándose en el número de respuestas correctas necesarias para alcanzar dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1.1 de la convocatoria: las respuestas incorrectas descuentan un cuarto de una pregunta correcta; las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.
Cuarto. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspección turística, en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal
Son las personas que alcanzaron la mínima puntuación establecida del 40 % en cada parte del ejercicio en el turno de acceso libre y del 50 % en el turno de promoción interna. Respecto de las personas que no alcanzaron alguno de dichos porcentajes mínimos, se publica en la relación correspondiente y se declaran no aptas; se señalan para cada aspirante los bloques *1, *2 y *3 (=ambos bloques) en los que no se cumplió la condición de porcentaje mínimo. En razón a dichos criterios, una asignación de puntuaciones en este último grupo no sería homologable a la de los restantes aspirantes.
Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la resolución de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la resolución de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2024
María José Campos Núñez
Presidenta del tribunal
