En diciembre de 2022 se convocaron los procesos selectivos dirigidos a la estabilización del personal de administración y servicios, correspondientes a las OPE de 2019, 2020 y 2021, así como el proceso de promoción interna de la OPE de 2019 y 2021.
Simultáneamente, se tramitó el concurso de méritos del personal funcionario convocado por la Resolución de 30 de septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de 13 de octubre.
El desarrollo de los citados procesos por motivo de la movilidad, incorporación y ceses se prevé que tendrá un gran impacto en la configuración de los equipos de trabajo y, en consecuencia, en los procedimientos de trabajo en las respectivas unidades.
Por tanto, es necesario prever de manera ordenada el final de los procesos, en que uno de los aspectos de más afectación es el relativo a la ordenación de los ceses que se produzcan por causa de la incorporación del personal adjudicatario de los puestos de trabajo.
Mediante la Resolución de 31 de marzo de 2009 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 67, de 7 de abril, el acuerdo sobre selección temporal, acceso interno y adscripción provisional del personal de administración y servicios (PAS) de la Universidad de Vigo y el acuerdo sobre criterios de incorporación y cese de este personal derivados de los procesos de provisión y selección.
Dada la complejidad de los procesos, así como la amplitud de su ámbito, con el fin de ordenar la interpretación de las cuestiones que puedan surgir de su aplicación a los procesos mencionados, y con base en lo dispuesto en el artículo séptimo del acuerdo, la Gerencia y la representación del personal alcanzaron un documento consensuado en el que se recoge un acuerdo interpretativo de 17 de abril de 2023, ratificado por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre selección temporal, acceso interno y adscripción provisional del PAS, con fecha también de 17 de abril de 2023.
Es necesario, por tanto, proceder a la publicación del citado documento, para general conocimiento de las personas eventualmente afectadas, y establecer su vigencia.
Considerando los antecedentes expuestos, este rectorado, en uso de las competencias que le confieren la Ley orgánica 6/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, y los Estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados por el Decreto 13/2019, de 24 de enero (DOG de 22 de febrero),
RESUELVE:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo, que se adjunta como anexo a esta publicación, firmado entre la Gerencia y los órganos de representación del personal sobre la ejecución de los procesos de selección y provisión, al amparo de la normativa de estabilización, convocados por la Universidad de Vigo en diciembre de 2022.
Segundo. Fijar como fecha de efectos del acuerdo la fecha de su firma.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Vigo, 20 de noviembre de 2024
Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo
ANEXO
En el pasado de mes de diciembre la Universidad de Vigo convocó dos procesos selectivos dirigidos a la estabilización del personal de administración y servicios, así como un proceso de promoción interna en virtud de las siguientes resoluciones:
– Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas de personal de administración y servicios (Diario Oficial de Galicia núm. 238, de 16 de diciembre).
– Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema selectivo de concurso, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas para la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios (Diario Oficial de Galicia núm. 238, de 16 de diciembre).
– Resolución de 19 de diciembre de 2022 por la que se anuncia la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, como personal de administración y servicios (Diario Oficial de Galicia núm. 244, de 26 de diciembre).
Simultáneamente al desarrollo de estos procesos, se está tramitando el concurso de méritos de personal funcionario convocado por la Resolución de 30 de septiembre de 2022 (DOG núm. 195, de 13 de octubre).
Asimismo, la representación legal del personal instó de la Administración la convocatoria de un concurso de méritos para escalas y subescalas no convocadas en el anterior, por causa del proceso de integración en el régimen funcionarial, cuyas bases serán objeto de negociación con el fin de que se convoque y tramite con anterioridad al final de los procesos selectivos mencionados.
Dado el volumen de la oferta, se prevé una gran afectación en la actual configuración de la plantilla motivada por la movilidad de las personas participantes en el concurso y la incorporación del personal de nuevo ingreso o de aquel que consolide su condición como personal de la Universidad de Vigo, lo que tendrá incidencia directa en la orden de incorporaciones y ceses, cuyas reglas deben articularse con carácter previo al final de los procesos, con el fin de que sea de público conocimiento por las personas afectadas en beneficio del principio de transparencia.
La Administración y la representación legal del personal, conscientes de estas circunstancias, estimaron la necesidad de negociar el citado régimen teniendo en cuenta la naturaleza de los procesos en trámite, así como su relación directa con los fines de los procesos de estabilización del personal.
Considerando todo lo expuesto, y para regular exclusivamente los procesos de acceso y provisión enumerados, se adopta el siguiente
Acuerdo sobre la ejecución de los procesos de selección y provisión,
al amparo de la normativa de estabilización, convocados
por la Universidad de Vigo en diciembre de 2022
Primero. Objeto y ámbito de aplicación
El presente acuerdo tiene por objeto ordenar los procesos de incorporación y cese, al amparo de los criterios establecidos, con motivo de las tomas de posesión que se produzcan al final del proceso de concurso de méritos, convocado por la Resolución de 30 de septiembre de 2022 (DOG núm. 195, de 13 de octubre), así como de los procesos selectivos convocados por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas del personal de administración y servicios (DOG núm. 238, de 16 de diciembre), por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema selectivo de concurso, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas para la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios (DOG núm. 238, de 16 de diciembre), y por la Resolución de 19 de diciembre de 2022 por la que se anuncia la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, como personal de administración y servicios (DOG núm. 244, de 26 de diciembre), y su concomitancia con el proceso convocado por la Resolución de 30 de septiembre de 2022.
Segundo. Orden de ceses por causa de la toma de posesión de los puestos adjudicados por resolución del proceso de concurso de méritos convocado por la Resolución de 30 de septiembre de 2022
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 31 de marzo de 2009 (DOG de 7 de abril) por la que se publica el Acuerdo sobre criterios de incorporación y cese del personal de administración y servicios de esta universidad derivados de los procesos de provisión y selección, como regla general, la incorporación de la persona titular a su nuevo destino y/o la pérdida del derecho de reserva que le pueda corresponder a la persona titular, implicará el cese de la persona funcionaria interina o de la persona laboral contratada temporal o pondrá fin a la comisión de servicios o a la adscripción provisional.
Cuando en una unidad no se cubran todas las plazas ofertadas de la misma categoría y turno, el cese se producirá según la orden de prelación que se recoge en la orden que se relaciona:
A) Cese de personal funcionario interino o personal con contrato temporal o personal laboral fijo en funciones de otra categoría:
I. Orden de prelación:
1. Menor puntuación en la lista de espera.
2. Menor antigüedad en la Universidad de Vigo.
3. Menor antigüedad en la Administración.
II. La citada orden de prelación se aplicará según la agrupación de puestos que se determina:
1. Escala-Área de Administración:
i. Servicio, unidad, oficina, Secretaría del Equipo de Gobierno, Secretaría General, Asesoría Jurídica, Biblioteca Universitaria del Campus de Vigo.
ii. En cada campus y/o ámbito: apoyo al campus o ámbito, área académica, área de apoyo a la investigación y transferencia, área de apoyo a la gestión de centros y departamentos, área económica, área de servicios a la comunidad.
2. Área de Biblioteca (ayudantes de biblioteca).
Por campus, según turno de trabajo.
Se entiende que las listas de espera vigentes a los efectos que se determinan en el presente párrafo son las aprobadas por la Resolución de 25 de enero de 2010 (DOG de 1 de febrero).
B) Cese de personal funcionario en comisión de servicios o personal laboral fijo con adscripción provisional. En este supuesto el cese se producirá por orden de menor a mayor antigüedad.
A pesar de lo anterior, se tendrán en cuenta los siguientes supuestos:
I. Que no se produzca la cobertura de la plaza de origen por el concurso de méritos.
En caso de que la persona titular de una plaza con pleno derecho de reserva sobre esta, estuviera sustituida por una persona funcionaria interina o persona con contrato laboral temporal, y obteniendo nuevo destino, la plaza reservada quede vacante, el personal sustituto pasará a interino en vacante previa extinción del vínculo inicial y expedición del nuevo vínculo.
II. Que no se produzca la incorporación efectiva en el nuevo puesto.
En caso de que la persona titular adjudicataria de un nuevo destino no se incorpore al nuevo puesto por tener derecho a una situación de reserva sobre el mismo:
1. Si la plaza estaba ocupada por una persona contratada laboral temporal, funcionaria interina, adscripción provisional o en comisión de servicios, continuará en su desempeño previa modificación del vínculo inicial por el de personal sustituto.
2. Si la plaza no estaba previamente ocupada por personal del indicado en el párrafo anterior, la persona sustituta del titular en la plaza de origen tendrá derecho a que se le ofrezca la cobertura de la sustitución en el nuevo destino, en su caso.
C) A pesar de lo dispuesto en los párrafos precedentes, la incorporación de la persona titular a un puesto de jefatura tales como jefaturas de equipo, jefaturas de negociado, jefaturas de área, jefaturas de sección, coordinaciones y puestos de similares características supondrá el cese del profesional que lo venía ocupando con carácter temporal, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo.
D) Personal que no figure en las listas de espera. Asimismo, el personal que no figure como aspirante en las listas de espera, se entenderá que tiene una puntuación igual a cero puntos.
Tercero. Orden de ceses como consecuencia de las tomas de posesión de los procesos de estabilización convocados por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas del personal de administración y servicios (DOG núm. 238, de 16 de diciembre), por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema selectivo de concurso, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas para la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios (DOG núm. 238, de 16 de diciembre), y por la Resolución de 19 de diciembre de 2022 por la que se anuncia la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, como personal de administración y servicios (DOG núm. 244, de 26 de diciembre)
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 31 de marzo de 2009 por la que se publica el acuerdo sobre criterios de incorporación y cese del personal de administración y servicios de esta universidad derivados de los procesos de provisión y selección, como regla general, la incorporación de la persona titular a su nuevo destino y/o la pérdida del derecho de reserva que le pueda corresponder a la persona titular implicará el cese de la persona funcionaria interina y de la persona laboral con contrato temporal o pondrá fin a la comisión de servicios o a la adscripción provisional.
Cuando en una unidad no se cubran todas las plazas ofertadas de la misma categoría y turno, el cese se producirá según el orden de prelación que se recoge en la orden que se relaciona:
A) Cese de personal funcionario interino o personal con contrato temporal o laboral fijo en funciones de otra categoría:
I. Orden de prelación:
1. Menor puntuación en la lista de espera.
2. Menor antigüedad en la Universidad de Vigo.
3. Menor antigüedad en la Administración.
II. La citada orden de prelación se aplicará según la agrupación de puestos que se determina:
1. Escala técnica superior de apoyo a la docencia e investigación.
Subescala: I+D.
En cada campus: servicio y oficina.
2. Escala de ayudante de archivos, bibliotecas y museos.
Subescala: biblioteca.
En cada campus, según turno de trabajo.
3. Escala técnica especialista de bibliotecas.
Subescala: biblioteca.
i. Biblioteca Central y Torrecedeira, según turno y adscripción a la RPT.
ii. Campus de Pontevedra y Campus de Ourense, según turno.
4. Escala técnica especialista de tecnologías de la información y de las comunicaciones.
Subescala: informática.
En cada campus, según turno de trabajo.
5. Escala auxiliar administrativa.
Subescala: administración.
i. Servicio, unidad, oficina, Secretaría del Equipo de Gobierno, Secretaría General, Asesoría Jurídica, Biblioteca Universitaria del Campus de Vigo.
ii. En cada campus y/o ámbito: apoyo al campus o ámbito, área académica, área de apoyo a la investigación y transferencia, área de apoyo a la gestión de centros y departamentos, área económica, área de servicios a la comunidad.
6. Escala auxiliar técnica de servicios generales.
Subescala: conserjería.
i. Servicios generales de apoyo: área de servicios generales, edificios Ernestina Otero, Exeria, Filomena Dato, Miralles, Redeiras (Berbés); área de servicios generales comunes: CACTI; CINBIO, CIM (antes ECIMAT); Biblioteca Universitaria del Campus de Vigo, según turno de trabajo.
ii. Campus o ámbitos: apoyo al campus o ámbito (para el ámbito de Pontevedra incluye la Casa das Campás), Torrecedeira, centros (dentro de cada ámbito o campus), según turno de trabajo.
7. Escala auxiliar técnico de servicios generales.
Subescala: deportes.
Por campus, según turno de trabajo.
A los efectos de la aplicación del presente párrafo, las listas de espera serán las resultantes del proceso selectivo convocado por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas del personal de administración y servicios (DOG núm. 238, de 16 de diciembre).
B) Cese de personal funcionario en comisión de servicios o personal laboral fijo con adscripción provisional: en este supuesto el cese se producirá por orden de menor a mayor antigüedad.
A pesar de lo anterior, se tendrán en cuenta los siguientes supuestos:
I. Que no se produzca la cobertura de la plaza de origen por el concurso de méritos. En caso de que la persona titular de una plaza con pleno derecho de reserva sobre esta estuviera sustituida por una persona funcionaria interina o persona con contrato laboral temporal, y obteniendo nuevo destino, la plaza reservada quedara vacante, el personal sustituto pasará a interino en vacante previa extinción del vínculo inicial y expedición del nuevo vínculo.
II. Que no se produzca la incorporación efectiva en el nuevo puesto.
En caso de que la persona titular adjudicataria de un nuevo destino, no se incorpore al nuevo puesto por tener derecho la una situación de reserva sobre el mismo,
i. Si la plaza estaba ocupada por personal laboral contratado temporal, funcionario interino, adscripción provisional o comisión de servicios, continuará en su desempeño previa modificación del vínculo inicial por el de personal sustituto.
ii. Si la plaza no estaba previamente ocupada por el personal indicado en el párrafo anterior, la persona sustituta del titular en la plaza de origen tendrá derecho a que se le ofrezca la cobertura de la sustitución en el nuevo destino, en su caso.
C) A pesar de lo dispuesto en los párrafos precedentes, la incorporación de un titular a un puesto de jefatura tales como jefaturas de equipo, jefaturas de negociado, jefaturas de área, jefaturas de sección, coordinaciones, y puestos de similares características supondrá el cese de la persona que lo venía ocupando con carácter temporal cualquiera que sea la naturaleza del vínculo.
D) Personal que no figure en las listas de espera. Asimismo, el personal que no figure como aspirante en las listas de espera se entenderá que tiene una puntuación igual a cero puntos.
Cuarto. Concurso de méritos de categorías no convocadas
Con carácter previo a la resolución de los procesos selectivos a los que se refiere el párrafo primero del presente acuerdo, la Administración convocará un concurso de méritos para el personal de las escalas y subescalas resultantes del proceso de funcionarización que no pudieron ser objeto de concurso en virtud de la Resolución de 30 de septiembre de 2022 y que se acordará entre los representantes de personal y la Administración.
Quinto. Orden de elección de destino, incorporación y tomas de posesión
La elección de destino por las personas que superen los procesos convocados por las resoluciones recogidas en el párrafo primero se realizará según la siguiente orden de prelación:
1) Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema selectivo de concurso, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas para la estabilización de empleo temporal del personal de administración y servicios (Diario Oficial de Galicia núm. 238, de 16 de diciembre).
2) Resolución de 1 de diciembre de 2022 por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas de personal de administración y servicios.
3) Resolución de 19 de diciembre de 2022 por la que se anuncia la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, como personal de administración y servicios.
Dentro de cada proceso tendrán preferencia de elección las personas aspirantes del turno de promoción interna.
Realizada la elección de destino, se abrirá el plazo para la toma de posesión e incorporación, que se realizará simultáneamente para el personal adjudicatario de plaza en los procesos convocados.
Disposición adicional
Las listas de espera resultantes del proceso selectivo convocado por la Resolución de 1 de diciembre de 2022 (DOG núm. 238, de 16 de diciembre) por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre y promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes escalas y subescalas de personal de administración y servicios, entrarán en vigor en el primer día en el que se abra el plazo para la toma de posesión a que se refiere el párrafo quinto del presente acuerdo.
Disposición final
La Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre criterios de incorporación y cese del personal de administración y servicios de la Universidad de Vigo en los procesos de provisión y selección, publicado en virtud de la Resolución de 31 de marzo de 2009 (DOG núm. 67, de 7 de abril), conocerá de las cuestiones que se susciten en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
