De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, por la que se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y se archiva el expediente instruido del parque eólico San Vicente de Noal, situado en el ayuntamiento de Porto do Son (A Coruña) y promovido por Cartera Vimira 26, S.L.U. (expediente IN408A/2021/040).
Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan:
Dicha Resolución de 14 de noviembre de 2024 dispone lo siguiente:
1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico San Vicente de Noal, situado en el ayuntamiento de Porto do Son (A Coruña) y promovido por Cartera Vimira 26, S.L.U., tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad el 7.10.2024.
2. Archivar el expediente del parque eólico San Vicente de Noal (expediente IN408A/2021/040).
3. Cancelar la garantía económica depositada por Cartera Vimira 26, S.L. el 16.12.2022, por importe de 109.600 € y número de registro 1466/2022, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de distribución del parque eólico San Vicente de Noal.
Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución:
1. En fecha 31.8.2018, Villar Mir Energía, S.L.U. depositó una garantía económica, por importe de 30.000 € y número de registro 1398/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de distribución del parque eólico San Vicente de Noal.
2. El 22.7.2021, Villar Mir Energía, S.L. presentó solicitud de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico San Vicente de Noal, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).
El 9.8.2021 se notificó el cumplimiento de los requisitos a los que hacen referencia los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. El 10.8.2021, Villar Mir Energía, S.L. presentó el justificante de pago de las tasas correspondientes a la autorización administrativa del parque eólico San Vicente de Noal.
3. El 6.10.2021, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió el informe previsto en el artículo 33.7 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, en el que se indica que el aerogenerador cumple la distancia mínima de 500 metros a núcleos de población regulada en el Psega respecto de las delimitaciones de suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable.
4. El 24.3.2022 se publicó en el DOG núm. 58 el Acuerdo de 15 de marzo de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) del proyecto del parque eólico San Vicente de Noal, en el ayuntamiento de Porto do Son (A Coruña) (expediente IN408A 2021/40).
5. Por Resolución de 15.11.2022, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se autorizó la transmisión de titularidad del expediente del parque eólico San Vicente de Noal, situado en el ayuntamiento de Porto do Son (A Coruña), titularidad de Villar Mir Energía, S.L.U., a favor de Cartera Vimira 26, S.L.U. (expediente IN408A/2021/040).
6. En fecha 16.12.2022, Cartera Vimira 26, S.L. depositó una garantía económica, por importe de 109.600 € y número de registro 1466/2022, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de distribución del parque eólico San Vicente de Noal como consecuencia de dicha transmisión de titularidad.
7. Por Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se canceló la garantía económica mencionada en el antecedente de hecho primero depositada por Villar Mir Energía, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red del parque eólico San Vicente de Noal (IN408A/2021/040).
8. Durante el trámite de evaluación de impacto ambiental al que fue sometido el proyecto se recibieron informes de los siguientes organismos: Agencia de Turismo de Galicia, Augas de Galicia, Dirección General de Emergencias e Interior, Dirección General de Patrimonio Cultural, Dirección General de Patrimonio Natural, Dirección General de Salud Pública, Instituto de Estudios del Territorio, Dirección General de Defensa del Monte y Ayuntamiento de Porto do Son.
El 7.10.2024, la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico San Vicente de Noal.
9. Con fecha 22.10.2024, la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático notificó a Cartera Vimira 26, S.L. el Acuerdo de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático por el que se inician los procedimientos de denegación de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y de archivo del expediente instruido del parque eólico San Vicente de Noal, situado en el ayuntamiento de Porto do Son (A Coruña) y promovido por Cartera Vimira 26, S.L.U. (expediente IN408A/2021/040).
Contra dicho acuerdo Cartera Vimira 26, S.L. no presentó ninguna alegación.
Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2024
Paula Mª Uría Traba
Directora general de Energías Renovables y Cambio Climático
