La Alcaldía de este ayuntamiento, el 25 septiembre de 2024, dictó decreto por el que se acuerda la aprobación definitiva, por el procedimiento de tasación conjunta, del expediente expropiatorio de los bienes y derechos que se precisan ocupar para la ejecución de las obras necesarias para dotar de red de saneamiento al barrio O Picouzo, en el Ayuntamiento de O Porriño, que en su parte dispositiva establece lo siguiente:
Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto de ejecución de la red de saneamiento en el barrio O Picouzo, a efectos previstos por el artículo 118 de la LSG.
Esta aprobación definitiva del expediente implica la declaración de urgencia de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación de conformidad con lo establecido en el artículo 118.10 de la LSG.
En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los apartados 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del precio justo (artículo 118.11 de la LSG).
Segundo. Notificar el contenido de esta resolución de aprobación definitiva del expediente de manera individualizada a todos los que aparezcan como titulares de bienes o derechos que figuran en el expediente, a los que les adjuntará la correspondiente hoja de aprecio, confiriéndoles un plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente resolución. Durante este plazo de veinte días podrán los interesados manifestar, por escrito dirigido a este ayuntamiento de O Porriño, su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 118.7 de la LSG, advirtiéndoles que, transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el precio justo definitivamente y de conformidad con el artículo 118.8 de la LSG.
Tercero. Publicar la presente resolución, así como su anexo con la relación de los bienes y derechos afectados por la expropiación, en el DOG y en el tablón edictal del Ayuntamiento de O Porriño, lo que servirá de notificación a los propietarios desconocidos y de los que se ignore el lugar de notificación, o bien, tramitada esta, no se pudiera practicar. El cómputo del plazo de veinte días para estos interesados comenzará desde el día siguiente al de la referida publicación en el DOG. Todo esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cuarto. Igualmente, se le notificará el contenido de esta resolución al Ministerio Fiscal, a los efectos establecidos en el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con los propietarios desconocidos y los no comparecientes en el procedimiento expropiatorio.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía de O Porriño en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado competente según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Para el caso de que se interponga el recurso potestativo de reposición, hasta que sea resuelto expresamente o se produjera la desestimación presunta, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo.
En el supuesto de que el interesado sea una Administración pública, en el lugar del recurso de reposición, le podrá dirigir al órgano competente en el plazo de dos meses el requerimiento previo previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Todo esto sin perjuicio de que, en el caso de disconformidad con la valoración establecida, los interesados disponen de un plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la recepción de la notificación, para manifestarla por escrito.
La relación de los propietarios, fincas y superficies es la siguiente:
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Nº de orden |
Datos de catastro |
Propietario |
Superficies en m2 |
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Polígono |
Parcela |
Referencia catastral |
Suelo: 4 |
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Servidumbre: 84,34 |
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3 |
262 |
60 |
36039a060002620001FM |
Paulino Bonavita Carrera y María del Carmen Roldán Castaño |
Ocupación temporal: 232 |
O Porriño, 31 de octubre de 2024
Manuel Alejandro Lorenzo Alonso
Alcalde presidente
